Tax Preparation Help  
Instructions for Form 944-PR 2006 Tax Year

Instrucciones Específicas:

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Parte 1: Conteste las preguntas a continuación para el 2006

1.

Los residentes de Puerto Rico no deben usar esta línea (para las remuneraciones sujetas a las contribuciones federales sobre el ingreso personal).

2.

Los residentes de Puerto Rico no deben usar esta línea (para las remuneraciones sujetas a las contribuciones federales sobre el ingreso personal).

3. Si los salarios, propinas y otras remuneraciones no están sujetas a las contribuciones al seguro social y al Medicare

Si los salarios, propinas y otras remuneraciones informadas no están sujetas a las contribuciones al seguro social y al Medicare, marque el encasillado en la línea 3 y continúe a la línea 6. Si esta pregunta no le corresponde a usted, por favor, deje en blanco el encasillado. Para mayor información sobre los salarios exentos de contribución, vea el apartado 15 de la Publicación 15 (Circular E) o el apartado 4 de la Publicación 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Guía contributiva suplementaria del(la) patrono(a)), ambas en inglés.

4. Salarios y propinas sujetas a las contribuciones al seguro social y al Medicare

4a.Salarios sujetos a la contribución al seguro social.   Informe aquí el total de los salarios, compensación por enfermedad o beneficios marginales sujetos a las contribuciones al seguro social que usted pagó a sus empleados durante el año.

  Anote la cantidad total antes de descontar cualquier deducción. No incluya propinas en esta línea. Para mayor información sobre los tipos de salarios sujetos a las contribuciones al seguro social, vea el apartado 5 de la Publicación 179 (Circular PR).

  La tasa de la contribución al seguro social sobre los salarios sujetos a contribución es el 6.2% (.062) correspondiente tanto al patrono(a) como al(la) empleado(a), o sea, el 12.4% (.124) para los dos en conjunto. Deje de pagar la contribución al seguro social sobre y de informar los salarios de un(a) empleado(a) en la línea 4a cuando los salarios sujetos a contribución (incluidas las propinas) del(la) empleado(a) alcancen los $94,200 durante el 2006. Sin embargo, siga reteniéndole la contribución al seguro Medicare para todo el año sobre los salarios y propinas aun cuando se haya alcanzado la base salarial para la contribución al seguro social de $94,200.

  
línea 4a (columna 1)
x.124  
línea 4a (columna 2)

4b. Propinas sujetas a la contribucion al seguro social.   Informe aquí el total de las propinas que sus empleados le hayan informado a usted durante el año hasta que el total de los salarios y propinas para cada empleado(a) alcance los $94,200 durante el 2006. Haga esto aun cuando usted no haya podido retenerle al(la) empleado(a) la contribución correspondiente a él(ella) del 6.2%.

  Un(a) empleado(a) deberá informarle a usted la cantidad de propinas de $20 ó más que ellos recibieron, incluyendo las propinas que usted haya pagado al(la) empleado(a) de las tarjetas de crédito de los clientes, para el día 10 del mes siguiente al mes en que recibieron las propinas. Los empleados pueden usar la Forma 4070-PR, Informe al Patrono de Propinas Recibidas por el Empleado, o cualquier declaración por escrito o informe electrónico de propinas recibidas, para tal propósito.

  
línea 4b (columna 1)
x.124  
línea 4b (columna 2)

4c. Salarios y propinas sujetos al Medicare.   Informe aquí todos los salarios, propinas, compensación por enfermedad y beneficios marginales tributables sujetos a la contribución al seguro Medicare. A diferencia de los salarios sujetos al seguro social, no hay límite sobre la cantidad de salarios sujetos a la contribución al seguro Medicare.

  Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan informado durante el año, aun cuando no haya podido retenerles la porción de la contribución correspondiente a ellos (1.45%).

  
línea 4c (columna 1)
x.029  
línea 4c (columna 2)

  Para mayor información, vea el apartado 6 de la Publicación 179 (Circular PR).

4d. Total de contribuciones al seguro social y al seguro Medicare.   Sume las contribuciones al seguro social sobre los salarios, las contribuciones al seguro social sobre las propinas y las contribuciones al seguro Medicare.

  
línea 4a (columna 2)
línea 4b (columna 2)
+línea 4c (columna 2)
línea 4d  

5. Total de contribuciones sin considerar ajustes

Los residentes de Puerto Rico no deben usar esta línea (para las remuneraciones sujetas a las contribuciones federales sobre el ingreso personal).

6. AJUSTES A LA CONTRIBUCIÓN

Anote en las líneas de la 6a a la 6e las cantidades de contribución que hayan resultado de períodos de contribución anteriores. Por favor, use paréntesis (si es possible) para indicar un ajuste que disminuye las contribuciones totales anotadas en la línea 4d. De otra manera, use un signo menos. Por favor, no anote ninguna cantidad en la línea 6e a no ser que el IRS le haya enviado una notificación informándole que debe hacerlo.

6a. Ajustes del año corriente.   En ciertos casos, usted deberá ajustar las cantidades informadas como contribuciones al seguro social y al seguro Medicare en la columna 2 de las líneas 4a, 4b y 4c para poder determinar su obligación contributiva correcta en la Forma 944-PR para este año. Vea el apartado 12 de la Publicación 179 (Circular PR). Por favor, no adjunte la Forma 941cPR o documento similar para hacer ajustes atribuibles al año corriente.

Fracciones de centavos.   Anote aquí los ajustes por fracciones de centavos (debido al redondear las cifras) que tienen que ver con la porción correspondiente al(la) empleado(a) de las contribuciones al seguro social y al seguro Medicare retenidas. La porción correspondiente al(la) empleado(a) (o sea, la mitad) de las cantidades indicadas en la columna 2 de las líneas 4a-4c podría diferir un poco de las cantidades realmente retenidas de los cheques de salario de sus empleados, debido al redondeo de las contribuciones al seguro social y al seguro Medicare que ocurrió al aplicar las tasas estatutorias.

Compensación por enfermedad.   Anote el ajuste por la porción correspondiente al(la) empleado(a) de las contribuciones al seguro social y al seguro Medicare retenidas por su tercero pagador de compensación.

Ajustes por propinas y por seguro de vida a término fijo.   Anote cualquier ajuste por la:

  
  • Porción correspondiente al empleado de las contribuciones al seguro social y al seguro Medicare no retenidas sobre las propinas y

  • Porción correspondiente al empleado de las contribuciones al seguro social y al seguro Medicare no retenidas sobre las primas para el seguro de vida a término fijo pagadas por sus empleados anteriores.

6b.   Esta línea no corresponde a los residentes de Puerto Rico porque tiene que ver con la retención de la contribución federal sobre los ingresos. Por favor, déjela en blanco.

6c. Contribuciones al seguro social y al Medicare de años anteriores.   Use la línea 6c para ajustar cantidades informadas en planillas de contribución anteriores. Si usted debe informar tanto un aumento como una disminución en la misma línea, asegúrese de anotar únicamente la diferencia en esa línea.

  Los ajustes que usted informa aquí cambiarán su obligación contributiva (contribución por pagar) y sus depósitos de contribución. Usted tendrá que tomar esos ajustes en cuenta en las líneas de la 13a a la 13l. Por favor, incluya en tales líneas las cantidades de su obligación contributiva para cada mes. Usted debe explicar cualesquier ajustes que haga en la Forma 941cPR, Planilla para la Corrección de Información Facilitada Anteriormente en Cumplimiento con la Ley del Seguro Social y del Seguro Medicare, o una declaración similar.

  La Forma 941cPR no es una planilla enmendada, sino una declaración que proporciona información necesaria y certificaciones para los ajustes indicados en las líneas de la 6c a la 6e. Por favor, no radique la Forma 941cPR por separado, sin incluir la Forma 941-PR. Vea también el apartado 12 de la Publicación 179 (Circular PR).

  
Consejo
Si va a ajustar los salarios o propinas de un(a) empleado(a) sujetos a las contribuciones al seguro social o al seguro Medicare de un año anterior, usted deberá radicar además una Forma 499R-2c/W-2cPR, Estado de Corrección de Ingresos y Contribuciones, y la Forma W-3c PR, Transmisión de Comprobantes de Retención Corregidos.

6d.   Esta línea no corresponde a los residentes de Puerto Rico porque tiene que ver con la retención de la contribución federal sobre los ingresos. Por favor, déjela en blanco.

6e.Adiciones especiales al seguro social y al Medicare.   Se ha reservado esta línea para los patronos que tienen circunstancias peculiares. Use esta línea sólo si el IRS le ha enviado a usted una notificación que le ordena a usarla. Usted debe incluir la Forma 941cPR en la cual se explica el aumento a su contribución.

6f.TOTAL DE LOS AJUSTES.   Combine todos los ajustes que aparecen en las líneas de la 6a a la 6e y anote el resultado aquí.

7. Total de contribuciones después de considerar los ajustes

Combine todas las cantidades que aparecen en las líneas 4d y 6f y anote el resultado en la línea 7.

  • Si la cantidad de la línea 7 es menos de $2,500, puede pagar el saldo debido en su totalidad al rendir una planilla de contribución a su debido tiempo porque usted no estuvo obligado(a) a depositar. Vea el apartado 11 de la Publicación 179 (Circular PR) para mayor información y las reglas acerca de los depósitos de contribuciones federales.

  • Si la cantidad de la línea 7 es de $2,500 ó más, usted, por regla general, debe depositar sus contribuciones por pagar mediante el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema de pagos electrónicos de la contribución federal), conocido por sus siglas en inglés como EFTPS, o en una institución financiera autorizada mediante la Forma 8109. Sin embargo, si depositó todas las contribuciones acumuladas durante los tres primeros trimestres del año y su obligación contributiva del cuarto trimestre es menos de $2,500, usted puede pagar las contribuciones acumuladas durante el cuarto trimestre al rendir una Forma 944-PR a su debido tiempo. La cantidad total indicada en la línea 7 debe igualar la Obligación contributiva total para el año, indicada en la línea 13m de la Forma 944-PR.

8.

Esta línea no corresponde a los residentes de Puerto Rico porque tiene que ver con la retención de la contribución federal sobre los ingresos. Por favor, déjela en blanco.

9.

Esta línea no corresponde a los residentes de Puerto Rico porque tiene que ver con la retención de la contribución federal sobre los ingresos. Por favor, déjela en blanco.

10. Total de depósitos para este año

Anote sus depósitos para este año, incluyendo cualesquier depósitos que haya tenido que efectuar para cubrir cualesquier obligaciones contributivas de períodos anteriores que hayan resultado de los ajustes indicados en la líneas de la 6a a la 6e. Incluya en esta cantidad cualquier cantidad pagada en exceso de un período anterior que usted haya aplicado a esta planilla.

11. Balance pendiente de pago

Si la cantidad de la línea 7 es más de la de la línea 10, anote la diferencia en la línea 11. De lo contrario, vea, Cantidad pagada en exceso, más adelante.

Usted no tiene que pagar si la cantidad de la línea 11 es menos de $1. Usted generalmente tendrá un balance pendiente de pago de contribución únicamente si su obligación contributiva total para el año (línea 9) es menos de $2,500. Vea, Si la cantidad de la línea 7 es de $2,500 ó más, anteriormente, para una excepción.

Si la cantidad de la línea 11 es:

  • Menos de $1, usted no tiene que pagarla,

  • Entre $1 y $2,500, usted puede pagar la cantidad adeudada
    al rendir su planilla. Haga su cheque pagadero al United
    States Treasury
    y escriba en el mismo su EIN, Form 944,
    y 2006;

  • $2,500 ó mas, usted debe depositar la contribución. Vea, ¿Debe usted depositar sus contribuciones?, en la página 4.

Usted puede pagar la cantidad indicada en la línea 11 mediante el sistema EFTPS o tarjeta de crédito. Por favor, no use su tarjeta de crédito para pagar contribuciones que debieran haber sido depositadas. Para mayor información sobre cómo pagar las contribuciones con su tarjeta de crédito, visite el IRS en la ciberpágina www.irs.gov y escriba “e-pay (pago electrónico)” en el encasillado que dice “Search” (Busque).

Si usa el sistema EFTPS o tarjeta de crédito para pagar el balance pendiente de pago, envíe su planilla de contribución a la dirección “sin incluir un pago” indicada en la página 5 bajo ¿Adónde deberá usted enviar la planilla? y no llene la Forma 944-V(PR), Pago-Comprobante.

Precaución
Si a usted se le obliga a hacer depósitos de contribución y, en vez de hacerlo, usted paga la cantidad adeudada con su Forma 944-PR, pudiera estar sujeto(a) a una multa o penalidad.

12.Cantidad pagada en exceso

Si la cantidad de la línea 10 es mayor que la de la línea 7, escriba esta cantidad en la línea 12. Por favor, nunca ponga una cantidad ni en la línea 11 ni en la línea 12 a la misma vez.

Si depositó más de la cantidad correcta en un año, usted puede optar por que se le reembolse la cantidad pagada de más o por que ésta se le acredite a su próxima planilla. Marque el encasillado apropiado en la línea 12. Si usted no marca ninguno de los encasillados, le reembolsaremos la cantidad pagada en exceso automáticamente. Podemos, además, aplicar dicha cantidad a cualquier cuenta contributiva vencida que aparezca en nuestros registros bajo su EIN.

Si la cantidad de la línea 12 es menos de $1, le enviaremos un reembolso o se la aplicaremos a su próxima planilla de contribución únicamente si así lo solicita por escrito.

Por favor, llene ambas páginas

Usted debe llenar ambas páginas de la Forma 944-PR y fijar su firma dónde se indica en la segunda página. Si no lo hace, se le podrá demorar el procesamiento de su planilla.

Parte 2: Infórmenos sobre su obligación contributiva para el 2006

13. Marque uno:

  • Si la cantidad de la línea 7 es menos de $2,500, marque el encasillado apropiado en la línea 13 y siga a la línea 15.

  • Si la cantidad de la línea 7 es de $2,500 ó más, marque el segundo encasillado en la línea 13 y anote su obligación contributiva para cada mes. Luego determine su obligación total para el año. Si usted no informa correctamente sus obligación para cada mes, el IRS no sabrá cuándo usted debería haber hecho los depósitos y le podrá imponer a usted multa “promediada” por no depositar. Vea el apartado 11 de la Publicación 179 (Circular PR) para más información. Si su obligación contributiva para cualquier mes es negativa (por ejemplo, si usted ajusta una obligación contributiva informada de más durante un mes anterior), por favor, no anote una cantidad negativa para el mes. En vez de esto, anote cero para el mes en cuestión y luego reste la cantidad negativa de su obligación contributiva para el mes siguiente.

    Su obligación contributiva total para el año (la línea 13m) debe ser igual a las contribuciones totales informadas en la línea 7.

Si se le acumulan $100,000 ó más en concepto de obligación contributiva (contribución por pagar) en cualquier momento del año, usted debe completar la Forma 943A-PR, Registro de la Obligación Contributiva Federal del Patrono Agrícola, y ríndala junto con su Forma 944-PR. Vea, Requisitos de depósito, en el apartado 11 de la Publicación 179 (Circular PR).

14.Abreviatura estatal.   Si usted hizo sus depósitos de contribución (usando la Forma 8109 ó el sistema EFTPS) en Puerto Rico, escriba “PR” en los espacios provistos. Si no hizo sus depósitos en Puerto Rico, sino en uno o más estados de los EE.UU., usted no puede usar la Forma 944-PR. Tiene que usar la Forma 944 regular (en inglés) y seguir las instrucciones. El IRS usa la abreviatura a fin de determinar los días bancarios en Puerto Rico para propósitos de las fechas en las cuales se debe hacer los depósitos. Los días feriados oficiales de Puerto Rico no se cuentan como días bancarios.

Parte 3:Infórmenos sobre su negocio

En la Parte 3, responda a la partida 15 únicamente si la misma corresponde a su negocio. Si la información no le corresponde, por favor, déjela en blanco y siga con la Parte 4.

15.Si su negocio ha dejado de operar o si usted ha dejado de pagar sueldos y salarios . . .

Si su negocio ha dejado de operar o si ha dejado de pagar sueldos y salarios, usted debe entonces rendir una planilla final. Para informarle al IRS que cierta Forma 944-PR es su planilla final, marque el encasillado en la línea 15 y anote la última fecha en la cual usted pagó salarios en el espacio provisto.

Parte 4:¿Podemos comunicarnos con su tercero autorizado?

Si usted desea autorizar a algún(a) empleado(a) suyo(a), al(la) profesional que preparó su planilla o a otro individuo para que éste(a) discuta su Forma 944-PR con el IRS, marque el encasillado en la Parte 4. Luego, anote el nombre, número de teléfono y las cinco cifras del número de identificación personal (conocido por sus siglas en inglés como PIN) del individuo específico con el cual nos podemos comunicar—no el nombre de la empresa que preparó su planilla de contribución. La persona designada puede elegir cualesquiera cinco números para su PIN.

Al marcar el encasillado , usted le autoriza al IRS para que hable con el(la) tercero(a) designado(a) a fin de solicitarle respuestas a preguntas y dudas que tengamos al procesar su planilla de contribución. Además, usted le permite a la persona designada que haga lo siguiente:

  • Facilitarnos cualquier información no incluida en su planilla,

  • Llamarnos para información relacionada con el procesamiento de su planilla y

  • Responder a cualquier notificación del IRS, relacionada con ciertos errores matemáticos y la preparación de su planilla, que usted haya compartido con esa persona. El IRS no le enviará notificaciones a su tercero(a) designado(a).

Usted no le autoriza a la persona designada a obligarle a usted a ningún compromiso (por ejemplo, a pagar una obligación contributiva adicional en nombre de usted), ni representarle a usted ante el IRS. Si quiere extender la autorización de la persona designada, por favor, vea la Publicación 947, Practice Before the IRS and Power of Attorney (Autorización para ejercer ante el IRS y Poder), en inglés.

La autorización para un tercero designado vencerá automáticamente un año a partir de la fecha de vencimiento (excluyendo prórrogas) para radicar su Forma 944-PR. Si usted o el(la) tercero(a) designado(a) desea terminar la autorización, escriba al centro de servicio del IRS con el cual se radicó su planilla de contribución.

Parte 5:Firme aquí—

Usted debe llenar ambas páginas de la Forma 944-PR y luego firrmarla. Firme la planilla en la Parte 5 y también escriba en letras de molde su nombre y título. Luego anote la fecha en la que firma la planilla y el mejor número de teléfono dónde el IRS puede llamarlo(la) durante el día.

¿Quién debe firmar la Forma 944-PR?

Se debe firmar la Forma 944-PR como se indica a continuación:

•Empresa de un(a) solo(a) dueño(a)—   El individuo que posee el negocio.

•Corporación (incluyendo una LLC que se trata como una corporación)—   El(la) presidente, vice-presidente u otro(a) funcionario(a) principal.

•Sociedad (incluyendo una LLC que se trata como una sociedad) u otra empresa no incorporada—   Un(a) oficial u otro(a) funcionario(a) responsable y debidamente autorizado(a) que tiene conocimiento de sus asuntos.

•Socio(a) único(a) de una compañía de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una entidad no considerada (disregarded entity)   El(la) dueño(a) de la compañía de responsabilidad limitada (LLC).

•Fideicomiso o caudal hereditario—   El(la) fiduciario(a).

Si se ha rendido un poder válido para representarlo(la) a usted ante el IRS, su agente debidamente autorizado(a) también puede firmar su Forma 944-PR.

Parte 6:Para uso exclusivo del (de la) preparador(a) REMUNERADO(A) (opcional)

Usted puede completar la Parte 6 si recibió remuneraciones por haber preparado la Forma 944-PR y usted no es empleado(a) de la entidad que rinde la planilla.

Por favor, firme en el espacio provisto. Entréguele al(la) patrono(a) o empleador(a) la planilla para que éste(a) la rinda ante el IRS e incluya una copia de la planilla para que el(la) patrono(a) o empleador(a) la pueda guardar en su archivo.

Si usted es especialista (profesional) en preparar planillas, por favor, escriba su EIN y número de seguro social (SSN) o su número de identificación de especialista en preparar planillas (PTIN) en los espacios provistos. Anote su dirrección completa y su número de teléfono. Si usted trabaja para una empresa (firma), escriba el nombre y EIN de la misma.

No complete la Parte 6 si usted rinde la planilla como agente de reportación y tiene consigo una Forma 8655, Reporting Agent Authorization (Autorización para agentes de reportación), en inglés, válida y archivada con el IRS.

Cómo obtener formas y publicaciones del IRS

Phone number
Llame al 1-800-829-3676.

Access by computer
Visite la ciberpágina del IRS en www.irs.gov.

Otros productos que le pudieran ser necesarios

Forma SS-4PR, Solicitud de Número de Identificación Patronal (EIN)
   
Forma 499R-2/W-2PR, Comprobante de Retención
   
Forma 499R-2c/W-2cPR, Estado de Corrección de Ingresos y Contribuciones
   
Forma W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención
   
Forma W-3cPR, Transmisión de Comprobantes de Retención Corregidos
   
Forma 940-PR, Planilla para la Declaración Anual del Patrono—La Contribución Federal para el Desempleo (FUTA)
   
Forma 941cPR, Planilla para la Corrección de Información Facilitada Anteriormente en Cumplimiento con la Ley del Seguro Social y del Seguro Medicare
   
Instrucciones para la Forma 941-PR
   
Forma 943-PR, Planilla para la Declaración Anual de la Contribución Federal del Patrono de Empleados Agrícolas
   
Forma 943A-PR, Registro de la Obligación Contributiva Federal del Patrono Agrícola
   
Forma 4070-PR, Informe al Patrono de Propinas Recibidas por el Empleado
   
Publicación 179 (Circular PR), Guía Contributiva Federal Para Patronos Puertorriqueños
   
Publicación 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Guía contributiva suplementaria del(la) patrono(a)), en inglés
   
Publicación 15-B, Employer's Tax Guide to Fringe Benefits (Guía contributiva del(la) patrono(a) que paga beneficios marginales), en inglés
   
Publicación 926, Household Employer's Tax Guide (Guía contributiva para patronos o empleadores de empleados domésticos), en inglés
   
Publicación 947, Practice Before the IRS and Power of Attorney (Autorización para ejercer ante el IRS y Poder), en inglés
   
Anexo D (Forma 941), Report of Discrepancies Caused by Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations, en inglés
   
Anexo H-PR (Forma 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domésticos

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