Instructions for Form 944(SP) |
2006 Tax Year |
Instrucciones Específicas:
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Parte 1: Conteste las preguntas a continuación para el 2006
1. Sueldos, salarios, propinas y otras remuneraciones
Anote en la línea 1 las cantidades que se incluyen en el encasillado 1 de las Formas W-2 de sus empleados. Vea las instrucciones
para la Forma W-2 y la Forma W-3 para más detalles.
2. Total del impuesto sobre el ingreso retenido de los salarios, sueldos y otras remuneraciones
Anote aquí el impuesto federal sobre el ingreso que usted les retuvo (o que estuvo obligado(a) a retener) a sus empleados
sobre los sueldos,
salarios, beneficios marginales sujetos a impuestos y los beneficios suplementales de la compensación por desempleo para este
año.
3. Si los salarios, propinas y otras remuneraciones no están sujetas a los impuestos al seguro social y al Medicare
Si los salarios, propinas y otras remuneraciones informadas no están sujetas a los impuestos al seguro social y al Medicare,
marque el
encasillado en la línea 3 y continúe a la línea 5. Si esta pregunta no le corresponde a usted, por favor,
deje en blanco el encasillado. Para mayor información sobre los salarios exentos de impuesto, vea el apartado 15 de la
Publicación 15 (Circular E) o el apartado 4 de la Publicación 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Guía
Tributaria Suplementaria del Empleador o Patrono), ambas en inglés.
4. Salarios y propinas sujetas a los impuestos al seguro social y al Medicare
4a. Salarios sujetos al impuesto al seguro social.
Informe aquí el total de los salarios, compensación por enfermedad o beneficios marginales sujetos a los impuestos
al seguro social
que usted pagó a sus empleados durante el año.
Anote la cantidad total antes de descontar cualquier deducción. No incluya propinas en esta línea. Para mayor
información sobre los tipos de salarios sujetos a los impuestos al seguro social, vea el apartado 5 de la Publicación 15
(Circular E).
La tasa del impuesto al seguro social sobre los salarios sujetos a impuestos es el 6.2% (.062) correspondiente tanto
al patrono(a) como al(a la)
empleado(a), o sea, el 12.4% (.124) para los dos en conjunto. Deje de pagar el impuesto al seguro social sobre, y de informar,
los salarios de un(a)
empleado(a) en la línea 4a cuando los salarios sujetos a impuestos (incluidas las propinas) del(de la) empleado(a) alcancen $94,200
durante el 2006. Sin embargo, siga reteniéndole el impuesto al seguro Medicare para todo el año sobre los salarios y propinas
aun cuando
se haya alcanzado la base salarial para el impuesto al seguro social de $94,200.
línea 4a |
(columna 1)
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x.124 |
|
línea 4a |
(columna 2)
|
4b. Propinas sujetas al impuesto al seguro social.
Informe aquí el total de las propinas que sus empleados le hayan informado a usted durante el año hasta que el total
de los salarios
y propinas para cada empleado(a) alcance los $94,200 durante el 2006. Haga esto aun cuando usted no haya podido retenerle
al(a la) empleado(a) el
impuesto correspondiente a él(ella) del 6.2%.
Un(a) empleado(a) deberá informarle a usted la cantidad de propinas de $20 ó más que ellos recibieron, incluyendo
las propinas
que usted haya pagado al(a la) empleado(a) de las tarjetas de crédito de los clientes, para el día 10 del mes siguiente al
mes en que
recibieron las propinas. Los empleados pueden usar la Forma 4070-PR, Informe al Patrono de Propinas Recibidas por el Empleado,
o cualquier
declaración por escrito o informe electrónico de propinas recibidas, para tal propósito.
línea 4b |
(columna 1)
|
x.124 |
|
línea 4b |
(columna 2)
|
4c. Salarios y propinas sujetos al Medicare.
Informe aquí todos los salarios, propinas, compensación por enfermedad y beneficios marginales tributables sujetos
al impuesto al
seguro Medicare. A diferencia de los salarios sujetos al seguro social, no hay límite sobre la cantidad de salarios sujetos
al impuesto al
seguro Medicare.
Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan informado durante el año, aun cuando no haya podido retenerles
la porción del
impuesto correspondiente a ellos (1.45%).
línea 4c |
(columna 1)
|
x.029 |
|
línea 4c |
(columna 2)
|
Para mayor información, vea el apartado 6 de la Publicación 15 (Circular E), en inglés.
4d. Total de impuestos al seguro social y al seguro Medicare.
Sume los impuestos al seguro social sobre los salarios, los impuestos al seguro social sobre las propinas y los impuestos
al seguro Medicare.
línea 4a |
(columna 2)
|
línea 4b |
(columna 2)
|
+línea 4c |
(columna 2) |
línea 4d |
|
5. Total de impuestos sin considerar ajustes
Sume los totales de los impuestos federales retenidos de los sueldos, salarios, propinas y otras remuneraciones y de los impuestos
al seguro social
y al Medicare antes de considerar los ajustes.
línea 2 |
|
+línea 4d |
|
línea 5 |
|
Anote en las líneas de la 6a a la 6e las cantidades de impuesto que hayan resultado de períodos de
impuesto anteriores. Por favor, use paréntesis (si es posible) para indicar un ajuste que disminuye los impuestos totales
anotados en la
línea 5. De otra manera, use un signo menos. Por favor, no anote ninguna cantidad en la línea 6e a no
ser que el IRS le haya enviado una notificación informándole que debe hacerlo.
6a. Ajustes del año corriente.
En ciertos casos, usted deberá ajustar las cantidades informadas como impuestos al seguro social y al seguro Medicare
en la columna 2 de las
líneas 4a, 4b y 4c para poder determinar su obligación tributaria correcta en la Forma 944(SP) para este
año. Vea el apartado 13 de la Publicación 15 (Circular E). Por favor, no adjunte la Forma 941c o documento similar
para hacer ajustes atribuibles al año corriente.
Fracciones de centavos.
Anote aquí los ajustes por fracciones de centavos (debido al redondear las cifras) que tienen que ver con la porción
correspondiente
al(a la) empleado(a) de los impuestos al seguro social y al seguro Medicare retenidos. La porción correspondiente al(a la)
empleado(a) (o sea,
la mitad) de las cantidades indicadas en la columna 2 de las líneas 4a-4c podría diferir un poco de las cantidades
realmente retenidas de los cheques de salario de sus empleados, debido a redondear los impuestos al seguro social y al seguro
Medicare que
ocurrió al aplicar las tasas estatutorias.
Compensación por enfermedad.
Anote el ajuste por la porción correspondiente al(a la) empleado(a) de los impuestos al seguro social y al seguro
Medicare retenidos por su
tercero pagador de compensación por enfermedad.
Ajustes por propinas y por seguro de vida a término fijo.
Anote cualquier ajuste por la:
-
Porción correspondiente al empleado de los impuestos al seguro social y al seguro Medicare no retenidos sobre las propinas
y
-
Porción correspondiente al empleado de los impuestos al seguro social y al seguro Medicare no retenidos sobre las primas para
el
seguro de vida a término fijo pagadas por sus empleados anteriores.
6b. Ajustes al impuesto sobre el ingreso retenido durante años anteriores.
Por regla general, usted no puede ajustar ninguna cantidad que haya informado como impuesto federal sobre el ingreso
retenido durante un año
anterior, a no ser que lo haga para corregir un error administrativo. Un error administrativo es el resultado de haber anotado
una cantidad en una
Forma 941 para un año anterior y dicha cantidad no correspondió a la cantidad de impuesto que de hecho usted retuvo. Por ejemplo,
cuando
el total del impuesto federal sobre el ingreso realmente retenido no se informó correctamente en una Forma 941 como consecuencia
de un error
matemático o de copia, la diferencia constituye un error administrativo. Un ajuste por tal error corrige las cantidades informadas
en una
declaración de impuestos de un año anterior de manera que las mismas concuerden con la cantidad realmente retenida sobre el
ingreso de
un(a) empleado(a). Por favor, asegúrese de adjuntar una Forma 941c a fin de explicarnos el ajuste.
6c. Impuestos al seguro social y al Medicare de años anteriores.
Use la línea 6c para ajustar cantidades informadas en declaraciones de impuestos anteriores. Si usted debe informar
tanto un aumento como una disminución en la misma línea, asegúrese de anotar únicamente la diferencia en esa línea.
Los ajustes que usted informa aquí cambiarán su obligación tributaria (impuesto por pagar) y sus depósitos de
impuestos. Usted tendrá que tomar esos ajustes en cuenta en las líneas de la 13a a la 13l. Por favor, incluya en
tales líneas las cantidades de su obligación tributaria para cada mes. Usted debe explicar cualesquier ajustes que haga en la
Forma 941c, Supporting Statement to Correct Information (Corrección de Información Facilitada Anteriormente en Cumplimiento
con la Ley del Seguro Social y del Seguro Medicare), en inglés, o una declaración similar.
La Forma 941c no es una declaración enmendada, sino una declaración que proporciona información necesaria y
certificaciones para los ajustes indicados en las líneas de la 6c a la 6e. Por favor, no presente la Forma
941c por separado, sin incluir la Forma 944(SP). Vea también el apartado 12 de la Publicación 15 (Circular E).
Consejo:
Si va a ajustar los salarios o propinas de un(a) empleado(a) sujetos a los impuestos al seguro social o al seguro
Medicare de un año
anterior, usted deberá presentar además una Forma W-2c, Corrected Wage and Tax Statement (Estado de Corrección de
Ingresos e Impuestos), y la Forma W-3c, Transmittal of Corrected Wage and Tax Statements (Transmisión de Comprobantes de
Retención Corregidos).
6d.Adiciones especiales al impuesto federal sobre el ingreso.
Se reserva esta línea para los patronos o empleadores que tengan circunstancias particulares. Utilice esta línea
únicamente si el IRS le envió a usted una notificación que le ordenaba que la utilizara. Usted debe
adjuntar una Forma 941c para explicarnos el aumento a su impuesto.
6e. Adiciones especiales al seguro social y al Medicare.
Se ha reservado esta línea para los patronos que tienen circunstancias peculiares. Use esta línea sólo si el
IRS le ha enviado a usted una notificación que le ordena a usarla. Usted debe incluir la Forma 941c en la cual se explica
el aumento a su impuesto.
6f.TOTAL DE LOS AJUSTES.
Combine todos los ajustes que aparecen en las líneas de la 6a a la 6e y anote el resultado aquí.
7. Total de impuestos después de considerar los ajustes
Combine todas las cantidades que aparecen en las líneas 5 y 6f y anote el resultado en la línea 7.
8. Pagos adelantados del crédito por ingreso del trabajo (EIC) hechos a sus empleados
Anote la cantidad de los pagos adelantados del crédito por ingreso del trabajo (EIC) que haya hecho a sus empleados. Los
empleados elegibles pueden optar por recibir una porción de su EIC como un pago adelantado del mismo. Los que esperan tener un
hijo(a) calificado(a) tienen que entregarle a usted una Forma W-5 debidamente completada en la cual declaran que serán calificados
para
reclamar el EIC. Una vez que un(a) empleado(a) firme y le entregue una Forma W-5 debidamente completada, usted debe comenzar a hacerle
pagos adelantados del crédito por ingreso del trabajo (EIC) a partir del próximo cheque de pago de salario de dicho(a)
empleado(a). Se efectúan pagos adelantados del crédito por ingreso del trabajo (EIC), por lo general, del impuesto federal
sobre el ingreso retenido y de los impuestos al seguro social y al Medicare, correspondientes tanto al(a la) empleado(a) como
al(a la) empleador(a) o
patrono(a). Vea el apartado 10 de la Publicación 15 (Circular E), en inglés, y la Publicación 596SP, Crédito
por Ingreso del Trabajo, esta última en español.
Si la cantidad de la línea 8 es mayor que la de la línea 7, usted puede reclamar un reembolso de la cantidad
pagada en exceso o puede optar por aplicarla como crédito a su declaración de impuestos para el año que viene. Adjunte a su
Forma
944(SP) una declaración por escrito, en la cual usted identifica la cantidad del pago excesivo y los períodos de pago durante
los cuales
la pagó.
9. Total de impuestos después de considerar el ajuste por pagos adelantados del EIC
Calcule sus impuestos totales de la manera siguiente:
-
Si la cantidad de la línea 9 es menos de $2,500, puede pagar el saldo debido en su totalidad al presentar una
declaración de impuestos a su debido tiempo porque usted no estuvo obligado(a) a depositar. Vea el apartado 11 de la
Publicación 15 (Circular E) para mayor información y las reglas acerca de los depósitos de impuestos federales.
-
Si la cantidad de la línea 9 es de $2,500 ó más, usted, por regla general, debe depositar sus impuestos por
pagar mediante el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema de Pagos Electrónicos del Impuesto Federal), conocido por sus
siglas en inglés como EFTPS, o en una institución financiera autorizada mediante la Forma 8109. Sin embargo, si
depositó todos los impuestos acumulados durante los tres primeros trimestres del año y su obligación tributaria del cuarto
trimestre es menos de $2,500, usted puede pagar los impuestos acumulados durante el cuarto trimestre al presentar una Forma
944(SP) a su debido
tiempo. La cantidad total indicada en la línea 9 debe igualar la Obligación tributaria total para el
año, indicada en la línea 13m de la Forma 944(SP).
10. Total de depósitos para este año
Anote sus depósitos para este año, incluyendo cualesquier depósitos que haya tenido que efectuar para cubrir cualesquier
obligaciones tributarias de períodos anteriores que hayan resultado de los ajustes indicados en las líneas de la 6a a la
6e. Incluya también en esta cantidad cualquier cantidad pagada en exceso de un período anterior que usted haya aplicado a
esta declaración.
Si la cantidad de la línea 9 es más de la de la línea 10, anote la diferencia en la línea
11. De lo contrario, vea, Impuesto pagado en exceso, más adelante.
Usted no tiene que pagar si la cantidad de la línea 11 es menos de $1. Usted generalmente tendrá un saldo debido de
impuesto únicamente si su obligación tributaria total para el año (línea 9) es menos de $2,500. Vea, Si la
cantidad de la línea 9 es de $2,500 ó más, anteriormente, para una excepción.
Si la cantidad de la línea 11 es:
-
Menos de $1, usted no tiene que pagarla,
-
Entre $1 y $2,500, usted puede pagar la cantidad adeudada al presentar su declaración. Haga su cheque pagadero al United States
Treasury y escriba en el mismo su EIN, “Forma 944(SP)”, y “2006”;
-
$2,500 ó mas, usted debe depositar el impuesto. Vea, ¿Debe usted depositar sus impuestos?, en la página
4.
Usted puede pagar la cantidad indicada en la línea 11 mediante el sistema EFTPS o tarjeta de crédito. Por
favor, no use su tarjeta de crédito para pagar los impuestos que debieran haber sido depositados. Para mayor información
sobre cómo pagar los impuestos con su tarjeta de crédito, visite el IRS en la ciberpágina
www.irs.gov y escriba “e-pay” (pago electrónico) en el
encasillado que dice “Search” (Busque).
Si usa el sistema EFTPS o tarjeta de crédito para pagar el saldo debido, envíe su declaración de impuestos a la
dirección “sin incluir un pago” indicada en la página 5 bajo ¿Adónde deberá usted enviar la
declaración? y no llene la Forma 944-V(SP), Pago-Comprobante.
Si a usted se le obliga a hacer depósitos de impuestos y, en vez de hacerlo, usted paga la cantidad adeudada con su Forma
944(SP), pudiera
estar sujeto(a) a una multa o penalidad.
12.Impuesto pagado en exceso
Si la cantidad de la línea 10 es mayor que la de la línea 9, escriba esta cantidad en la línea
12. Por favor, nunca ponga una cantidad ni en la línea 11, ni en la línea 12, a la misma
vez.
Si depositó más de la cantidad correcta en un año, usted puede optar por que se le reembolse la cantidad pagada de más
o por que ésta se le acredite a su próxima declaración. Marque el encasillado apropiado en la línea 12. Si
usted no marca ninguno de los encasillados, le reembolsaremos la cantidad pagada en exceso automáticamente. Podemos, además,
aplicar
dicha cantidad a cualquier cuenta tributaria vencida que aparezca en nuestros registros bajo su EIN.
Si la cantidad de la línea 12 es menos de $1, le enviaremos un reembolso o se la aplicaremos a su próxima
declaración de impuestos únicamente si así lo solicita por escrito.
Por favor, llene ambas páginas
Usted debe llenar ambas páginas de la Forma 944(SP) y fijar su firma dónde se indica en la segunda página. Si no lo
hace, se le podrá demorar el procesamiento de su declaración.
Parte 2: Infórmenos sobre su obligación tributaria para el 2006
-
Si la cantidad de la línea 9 es menos de $2,500, marque el encasillado apropiado en la línea 13 y siga a
la línea 15.
-
Si la cantidad de la línea 9 es de $2,500 ó más, marque el segundo encasillado en la línea
13 y anote su obligación tributaria (impuesto por pagar) para cada mes. Luego determine su obligación total para el
año. Si usted no informa correctamente su obligación para cada mes, el IRS no sabrá cuándo usted debería
haber hecho los depósitos y le podrá imponer a usted una multa “promediada” por no depositar. Vea el apartado 11 de la
Publicación 15 (Circular E) para más información. Si su obligación tributaria para cualquier mes es negativa (por ejemplo,
si usted ajusta una obligación tributaria informada de más durante un mes anterior), por favor, no anote ninguna cantidad
negativa para
el mes. En vez de esto, anote cero para el mes en cuestión y luego reste la cantidad negativa de su obligación tributaria
para el mes
siguiente.
Importante:
Su obligación tributaria total para el año (la línea 13m) debe ser igual a los impuestos totales informados en la
línea 9.
Si se le acumulan $100,000 ó más en concepto de obligación tributaria (impuesto por pagar) en cualquier momento del
año, usted debe completar la Forma 943A-PR, Registro de la Obligación Contributiva Federal del Patrono Agrícola, e
inclúyala al presentar su Forma 944(SP). Vea, Next Day Deposit Rule (Regla de Depósito del Día Siguiente), en el
apartado 11 de la Publicación 15 (Circular E), también en inglés.
14.Abreviatura estatal.
Si usted hizo depósitos de los impuestos informados en su Forma 944(SP), escriba en los espacios provistos las dos
iniciales de la
abreviatura aceptada por el Servicio de Correos de los EE.UU. para el Estado donde deposita sus impuestos, usando la Forma
8109 ó haciendo
transferencias mediante el sistema EFTPS. El IRS utiliza el estado que indica para determinar los días bancarios para
propósitos de las fechas de depósito que usted debe tener en cuenta. Los días festivos oficiales del estado indicado no se
incluyen en los días bancarios que usted determina. Si usted tiene que depositar impuestos en múltiples estados, por favor,
anote "MU"
en los espacios provistos.
Cuando usted deposita impuestos en varios estados, el IRS no puede determinar cuál porción de su obligación
tributaria (impuesto por pagar) haya sido afectada por un día festivo estatal y quizás le pueda imponer una multa correspondiente
a uno
o más de los estados donde usted efectuó depósitos. Si usted recibe una notificación y su fecha límite para hacer
depósitos fue extendida como consecuencia de un día festivo estatal, por favor, responda a la notificación mencionando el
día festivo estatal en cuestión y la cantidad de depósito correspondiente.
Parte 3:Infórmenos sobre su negocio
En la Parte 3, responda a la partida 15 únicamente si la misma corresponde a su negocio. Si la información no le corresponde,
por
favor, déjela en blanco y siga con la Parte 4.
15.Si su negocio ha dejado de operar o si usted ha dejado de pagar sueldos y salarios . . .
Si su negocio ha dejado de operar o si ha dejado de pagar sueldos y salarios, usted debe entonces presentar una declaración
final. Para informarle al IRS que cierta Forma 944(SP) es su declaración final, marque el encasillado en la línea
15 y anote en el espacio provisto la última fecha en la cual usted pagó salarios.
Parte 4:¿Podemos comunicarnos con su tercero autorizado?
Si usted desea autorizar a algún(a) empleado(a) suyo(a), al(a la) profesional que preparó su declaración o a otro individuo
para que éste(a) discuta su Forma 944(SP) con el IRS, marque el encasillado Sí en la Parte 4. Luego, anote el
nombre, número de teléfono y las cinco cifras del número de identificación personal (conocido por sus siglas en
inglés como PIN) del individuo específico con el cual nos podemos comunicar—no el nombre de la empresa que
preparó su declaración de impuestos. La persona designada puede elegir cualesquiera cinco números para su PIN.
Al marcar el encasillado Sí, usted le autoriza al IRS para que hable con el(la) tercero(a) designado(a) a fin de
solicitarle respuestas a preguntas y dudas que tengamos al procesar su declaración de impuestos. Además, usted le permite
a la persona
designada que haga lo siguiente:
-
Facilitarnos cualquier información no incluida en su declaración,
-
Llamarnos para información relacionada con el procesamiento de su declaración y
-
Responder a cualquier notificación del IRS, relacionada con ciertos errores matemáticos y la preparación de
su declaración, que usted haya compartido con esa persona. El IRS no le enviará notificaciones a su tercero(a)
designado(a).
Usted no le autoriza a la persona designada que le obligue a usted a ningún compromiso (por ejemplo, a pagar una
obligación tributaria adicional en nombre de usted), ni representarle a usted ante el IRS. Si quiere extender la autorización
de la persona designada, por favor, vea la Publicación 947, Practice Before the IRS and Power of Attorney (Autorización para
Ejercer ante el IRS y Poder), en inglés.
La autorización para un tercero designado vencerá automáticamente un año a partir de la fecha de vencimiento
(excluyendo prórrogas) para presentar su Forma 944(SP). Si usted o el(la) tercero(a) designado(a) desea terminar la autorización,
escriba al centro de servicio del IRS con el cual se presentó su declaración de impuestos.
Usted debe llenar ambas páginas de la Forma 944(SP) y luego firrmarla. Firme la declaración en la Parte 5 y también escriba
en
letras de molde su nombre y título. Luego anote la fecha en la que firma la declaración y el mejor número de teléfono,
incluyendo su código del área, dónde el IRS puede llamarlo(la) durante el día.
¿Quién debe firmar la Forma 944(SP)?
La Forma 944(SP) tiene que ser firmada tal como se indica a continuación:
•Empresa de un(a) solo(a) dueño(a)—
El individuo que posee el negocio.
•Sociedad anónima (corporación) (incluyendo una LLC que se trata como una sociedad anónima o corporación)—
El(la) presidente, vice-presidente u otro(a) funcionario(a) principal.
•Sociedad colectiva (incluyendo una LLC que se trata como una sociedad) u otra empresa no incorporada—
Un(a) oficial u otro(a) funcionario(a) responsable y debidamente autorizado(a) que tiene conocimiento de sus asuntos.
•Socio(a) único(a) de una compañía de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una entidad no considerada (disregarded entity)—
El(la) dueño(a) de la compañía de responsabilidad limitada (LLC).
•Fideicomiso o caudal hereditario—
El(la) fiduciario(a).
Si se ha presentado un poder válido para representarlo(la) a usted ante el IRS, su agente debidamente autorizado(a)
también puede firmar su Forma 944(SP).
Parte 6:Para uso exclusivo del(de la) preparador(a) REMUNERADO(A) (opcional)
Usted puede completar la Parte 6 si recibió remuneraciones por haber preparado la Forma 944(SP) y usted no es empleado(a)
de la entidad que
presenta la declaración.
Por favor, firme en el espacio provisto. Entréguele al(a la) patrono(a) o empleador(a) la declaración para que éste(a) la
presente ante el IRS e incluya una copia de la declaración para que el(la) patrono(a) o empleador(a) la pueda guardar en su archivo.
Si usted es especialista (profesional) en preparar declaraciones, por favor, escriba su EIN y número de seguro social
(SSN) o su número de identificación de especialista en preparar declaraciones (PTIN) en los espacios provistos.
Anote su dirección completa y su número de teléfono. Si usted trabaja para una empresa (firma), escriba el nombre y
EIN de la misma.
No complete la Parte 6 si usted presenta la declaración como agente de asuntos informativos (reporting agent) y tiene consigo una
Forma 8655, Reporting Agent Authorization (Autorización para Agentes de Asuntos Informativos), en inglés, válida y
archivada con el IRS.
Cómo obtener formas y publicaciones del IRS
Llame al 1-800-829-3676.
Visite la ciberpágina del IRS en
www.irs.gov.
Otros productos del IRS que le pudieran ser necesarios
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