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Publicación 579SP, Cómo Preparar la Declaración de Impuesto Federal 2005 Tax Year

4.   Retención del Impuesto en la Fuente e Impuesto Estimado

Qué Hay de Nuevo para el 2006

Cambios a la ley tributaria en el 2006. Al calcular la cantidad de impuesto que usted quiere que se retenga de su sueldo o salario y al calcular la cantidad de su impuesto retenido, hay que tomar en cuenta los cambios a la ley tributaria que entrarán en vigor en el 2006. Vea, Qué Hay de Nuevo para el 2006 al principio de esta publicación, o obtenga la Publicación 553, en inglés.

Recordatorios

Aumento en el límite para pagar impuesto estimado para los contribuyentes con ingresos superiores.  Si su ingreso bruto ajustado era mayor de $150,000 ($75,000 si usted es casado(a) y presenta una declaración por separado), tendrá que depositar el menor entre el 90% de su impuesto anticipado para el 2006 ó el 110% de la cantidad de impuesto indicada en su declaración de impuestos del 2005, para así evitar la multa por no pagar el impuesto estimado.

Pago del impuesto estimado mediante el retiro de fondos por vías electrónicas. Usted quizás podrá pagar su impuesto estimado si autoriza un retiro automático de fondos de su cuenta corriente o su cuenta de ahorros. Para mayor información, vea el tema titulado, Payment by Electronic Funds Withdrawal (Pago por medio del Retiro Electrónico de Fondos), en el capítulo 2 de la Publicación 505, en inglés.

Introducción

Este capítulo discute cómo pagar sus impuestos cuando usted devenga o recibe ingresos durante el año. Generalmente, el impuesto federal sobre el ingreso es un impuesto que usted paga mientras devenga u obtiene ingresos. Hay dos maneras en que usted puede hacer esto.

  • Retención del impuesto en la fuente. Si usted es un(a) empleado(a), su empleador(a) o patrono(a) probablemente le retiene el impuesto sobre el ingreso de sus salarios o sueldos. El impuesto también pudiera ser retenido sobre ciertas otras clases de ingresos, incluyendo las pensiones, bonificaciones, comisiones y ganancias del juego. En cada caso, la cantidad retenida en la fuente es pagada al IRS a nombre suyo.

  • Impuesto estimado. Si usted no paga sus impuestos por medio de la retención en la fuente, o si no paga suficiente impuesto de esa manera, pudiera tener que pagar impuesto estimado. Las personas que trabajan por cuenta propia generalmente deberán pagar sus impuestos de esta manera. Usted pudiera tener que pagar impuesto estimado si recibe ingresos tales como dividendos, intereses, ganancias de capital, alquileres y regalías. El impuesto estimado se usa para pagar no sólo el impuesto sobre el ingreso, sino también el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia y el impuesto mínimo alternativo.

Este capítulo explica estos dos métodos. Además, explica lo siguiente.

  • El crédito por la retención en la fuente y por el impuesto estimado. Cuando presente su declaración de impuestos para el 2005, reclame el crédito por todo el impuesto sobre el ingreso que se le retuvo de sus salarios, sueldos, pensiones, etc. y por el impuesto estimado que usted pagó para el 2005.

  • Multa por pagar de menos. Si usted no pagó suficiente impuesto durante el año por medio de la retención del impuesto en la fuente o por pagos del impuesto estimado, pudiera tener que pagar una multa. El IRS usualmente puede calcularle esta multa. Vea el tema titulado Multa por pago insuficiente, al final de este capítulo.

Artículos de interés - A usted quizá le interese ver:

Publicación

  • 505 Tax Withholding and Estimated Tax (Retención del Impuesto en la Fuente e Impuesto Estimado), en inglés

  • 553 Highlights of 2005 Tax Changes (Puntos Claves de los Cambios en los Impuestos del 2005), en inglés

  • 919 How Do I Adjust My Tax Withholding? (¿Cómo Ajusto la Retención del Impuesto?), en inglés

Forma (e Instrucciones)

  • W-4(SP)
    Certificado de Descuentos del(la) Empleado(a) para la Retención, disponible en español

  • W-4
    Employee's Withholding Allowance Certificate (Certificado de Descuentos del(la) Empleado(a) para la Retención), en inglés

  • W-4P
    Withholding Certificate for Pension or Annuity Payments (Certificado para la Retención de Impuesto sobre los Pagos de Pensión o Anualidad), en inglés

  • W-4S
    Request for Federal Income Tax Withholding From Sick Pay (Solicitud para la Retención del Impuesto Federal sobre el Ingreso sobre los Pagos de Compensación por Enfermedad), en inglés

  • W-4V
    Voluntary Withholding Request (Solicitud para Retenciones Voluntarias), en inglés

  • 1040-ES
    Estimated Tax for Individuals (Impuesto Estimado para Individuos), en inglés

  • 2210
    Underpayment of Estimated Tax by Individuals, Estates and Trusts (Pagos Insuficientes del Impuesto Estimado por Individuos, Caudales Hereditarios y Fideicomisos), en inglés

Retención

Esta sección discute la retención del impuesto sobre el ingreso sobre estos tipos de ingreso:

  • Sueldos y salarios,

  • Propinas,

  • Prestaciones suplementarias tributables,

  • Compensación por enfermedad,

  • Pensiones y anualidades,

  • Ganancias de juegos,

  • Compensación por desempleo y

  • Ciertos pagos de retribuciones del gobierno federal, tales como los que proceden del seguro social.

Esta sección explica en gran detalle las reglas para la retención sobre cada uno de esos tipos de ingreso.

Esta sección también abarca la retención adicional sobre los intereses, dividendos y otras clases de pagos.

Sueldos y Salarios

El impuesto sobre el ingreso se retiene de los sueldos y salarios de la mayoría de los empleados. Su sueldo o salario incluye su paga regular, remuneraciones por concepto de bonificaciones, comisiones y vacaciones. También incluye reembolsos y otras asignaciones para gastos pagados bajo un plan que no requiere información sobre su uso. Vea, Salarios Suplementarios, más adelante, para más información sobre los reembolsos y otras asignaciones para gastos pagados bajo un plan que no requiere información sobre su uso.

Si su ingreso total es tan bajo que usted no tendrá que pagar el impuesto sobre el ingreso para el año, quizás estará exento(a) de la retención de impuestos. Se explica esta circunstancia bajo, Exención de la Retención, más adelante.

Retirados militares.    Los pagos de pensión por retiro militar se tratan de igual modo que la paga regular para propósitos de la retención del impuesto sobre los ingresos, aun cuando se consideren pagos de pensión o anualidad para otros propósitos tributarios.

Trabajadores domésticos.    Si usted es un(a) trabajador(a) doméstico(a), puede pedirle a su patrono(a) o empleador(a) que le retenga impuesto sobre el ingreso de su paga.

  Se le retendrá el impuesto sólo si usted quiere que se le retenga y su patrono(a) o empleador(a) accede a hacerlo. Si no se le retiene suficiente impuesto sobre el ingreso, usted pudiera tener que pagar impuesto estimado, como se explica más adelante bajo el tema titulado Impuesto Estimado.

Trabajadores agrícolas.    El impuesto sobre el ingreso generalmente es retenido de sus salarios en efectivo por trabajo en una granja o finca al menos que su patrono(a) o empleador(a) haga ambas de las siguientes acciones:
  • Le paga a usted salarios en efectivo menores de $150 durante el año y

  • Tiene desembolsos en concepto de trabajo agrícola durante el año por un total de menos de $2,500.

  Usted le puede pedir a su patrono(a) o empleador(a) que le retenga el impuesto sobre el ingreso de salarios no en efectivo y de otros salarios que no están sujetos a la retención. Si su patrono(a) o empleador(a) no está de acuerdo con retenerle el impuesto o si no se le retiene suficiente, usted pudiera tener que pagar impuesto estimado, como se explica más adelante bajo el tema titulado Impuesto Estimado.

Cómo se Determina la Cantidad Retenida Utilizando la Forma W-4 (o Forma W-4(SP))

La cantidad del impuesto sobre el ingreso que su empleador(a) o patrono(a) retiene de su paga regular depende de las dos situaciones a continuación.

  • La cantidad que usted gana.

  • La información que usted proporciona a su empleador(a) o patrono(a) en la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)).

La Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) incluye las tres categorías de información que su empleador(a) o patrono(a) utilizará para determinar la cantidad de impuesto que debe retener.

  • Si debe retener a la tasa para solteros o a la tasa más baja para los casados.

  • Cuántos descuentos para la retención que reclama usted. (Cada descuento reduce la cantidad que se debe retener.)

  • Si usted quiere que se le retenga una cantidad adicional.

Aviso.

Usted debe especificar su estado civil y el número total de descuentos para la retención al llenar la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)). No puede especificar sólo una cantidad en dólares que usted considere apropiada.

Nuevo Empleo

Al empezar un empleo nuevo, usted debe llenar una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) y entregársela a su patrono(a) o empleador(a). Su patrono(a) o empleador(a) debe tener ejemplares de la forma para darle a usted. Si debe cambiar cualquier información pertinente en el futuro, usted tiene que llenar otra Forma W-4 (o Forma W-4(SP)).

Si usted trabaja solamente una porción del año (por ejemplo, comienza a trabajar después del principio del año), es posible que se le haya retenido demasiado impuesto. Usted pudiera evitar la retención excesiva de impuestos si su patrono(a) o empleador(a) accede a utilizar el método de retener impuesto durante sólo parte del año. Vea, Part-Year Method (Método de Parte del Año), en el capítulo 1 de la Publicación 505, en inglés.

Cómo se Cambia la Retención

Las circunstancias o eventos pueden, durante el año, modificar su estado civil o la cantidad de exenciones, ajustes, deducciones o créditos que usted espera reclamar en su declaración de impuestos. Cada vez que ocurre esto, usted quizás tendrá que entregarle a su patrono(a) o empleador(a) una nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) para cambiar su condición relativa a la retención o el número de descuentos para la retención.

Si una circunstancia o evento cambia su condición para la retención de impuestos o el número de descuentos que usted reclama, tiene que entregarle a su patrono(a) o empleador(a) una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) nueva dentro de los 10 días después de que haya ocurrido cualquiera de las dos condiciones a continuación.

  • Su divorcio, si reclamaba el estado civil de casado(a).

  • Cualquier evento que disminuya el número de descuentos para la retención que usted podía reclamar.

Por regla general, puede llenar una nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) cada vez que usted desea cambiar el número de descuentos para la retención por cualquier otra razón.

Cómo se cambia su retención para el 2007.   Si algún evento en el 2006 disminuirá el número de descuentos para la retención durante el 2007, usted debe entregarle a su patrono(a) o empleador(a) una nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) para el 1 de diciembre del 2006. Si el evento ocurre durante diciembre del 2006, entréguesela dentro de 10 días a partir de la fecha del evento.

Cómo se Verifica la Retención

Después de entregarle a su patrono(a) o empleador(a) la Forma W-4 (o Forma W-(4SP)), usted puede verificar si la cantidad de impuesto que se retiene de su sueldo o salario es demasiado o insuficiente. Vea, La Publicación 919, más adelante. Si se le retiene demasiado o insuficiente impuesto, usted deberá entregarle a su patrono(a) o empleador(a) una nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) para así cambiar la cantidad que se le debe retener.

Aviso.

Usted no puede enviarle a su patrono(a) o empleador(a) un pago para compensar por retenciones de impuestos correspondientes a períodos de pagos anteriores o para pagar su impuesto estimado.

Cómo se Completan la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) y las Hojas de Trabajo Para la Misma

La Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) tiene unas hojas de trabajo para ayudarle a calcular cuántos descuentos para la retención usted puede reclamar. Usted puede guardar dichas hojas de trabajo en su archivo personal. Por favor, no se las dé a su patrono(a) o empleador(a).

Dos empleos.   Si recibe ingresos de dos empleos que usted trabaja a la misma vez, complete sólo un juego de hojas de trabajo para la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)). Luego divida los descuentos entre las Formas W-4 (o Formas W-4(SP)) que llena para los dos empleos. No se pueden reclamar los mismos descuentos con más de un sólo patrono(a) o empleador(a) a la misma vez. Usted puede reclamar todos los descuentos admisibles con un solo patrono(a) o empleador(a) y ninguno(a) con el(la) otro(a), o puede dividirlos tal como usted lo quiera hacer.

Individuos casados.   Si tanto usted como su cónyuge trabajan y esperan presentar una declaración conjunta, sírvase calcular sus descuentos para la retención utilizando sus ingresos, ajustes, deducciones, exenciones y créditos combinados. Utilice un solo juego de hojas de trabajo. Pueden dividir los descuentos tal como usted y su cónyuge lo quieran hacer; sin embargo, usted no puede reclamar el mismo descuento que su cónyuge decide reclamar.

  Si usted y su cónyuge esperan presentar declaraciones de impuesto por separado, tienen que calcular sus descuentos por separado, basado en sus propios ingresos, ajustes, deducciones, exenciones y créditos.

Método alternativo para determinar los descuentos para la retención.   No es obligatorio utilizar las hojas de trabajo de la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) si usted quiere utilizar otro método más exacto para determinar el número de descuentos para la retención. Vea, Alternative method of figuring withholding allowances (Método alternativo para determinar los descuentos para la retención), bajo Completing Form W-4 and Worksheets (Cómo se Llenan la Forma W-4 y sus Hojas de Trabajo), en el capítulo 1 de la Publicación 505, en inglés, para más información.

Hoja de Trabajo para Calcular los Descuentos Personales.    Utilice la Personal Allowances Worksheet (Hoja de Trabajo para Descuentos Personales), en la página 1 de la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) para determinar los descuentos para la retención relativos a las exenciones y cualesquier descuentos particulares que puedan ser pertinentes.

Hoja de Trabajo para las Deducciones y los Ajustes.   Utilice esta hoja de trabajo si usted piensa detallar las deducciones o deducir ajustes a su ingreso y desea reducir su impuesto retenido.

  Llene esta hoja de trabajo para ajustar el número de descuentos personales por sus deducciones, ajustes al ingreso y créditos tributarios. La Deductions and Adjustments Worksheet (Hoja de Trabajo para las Deducciones y Ajustes) se halla en la página 2 de la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)). El capítulo 1 de la Publicación 505, en inglés, explica esta hoja de trabajo.

Hoja de Trabajo para Dos Asalariados/Dos Empleos.   Usted quizás tendrá que llenar esta hoja de trabajo si tiene dos empleos o si su cónyuge también trabaja. Puede, además, agregar a la cantidad, si hay alguna, en la línea 8 de esta hoja de trabajo, cualquier retención adicional que sea necesaria para incluir cualquier cantidad que usted espere deber, que no sea el impuesto sobre los ingresos (p.e., el impuesto sobre el ingreso del trabajo por cuenta propia).

Cómo se Acierta la Cantidad de Impuesto Retenido

En la mayoría de los casos, el impuesto retenido de su paga se aproxima al verdadero impuesto que usted determinará luego en su declaración de impuestos si sigue las dos reglas a continuación.

  • Llena correctamente todas las hojas de trabajo pertinentes de la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)).

  • Entrega a su patrono(a) o empleador(a) una nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) cada vez que ocurra un cambio que le afecte la retención de impuesto.


Sin embargo, ya que las hojas de trabajo y los métodos de retención no abarcan todas las circunstancias que puedan ocurrir, a usted quizás no se le retenga la cantidad correcta de impuesto. Esto es más probable que ocurra en las condiciones siguientes.

  • Está casado(a) y tanto usted como su cónyuge trabajan.

  • Tiene más de un empleo a la misma vez.

  • Recibió ingresos no derivados del trabajo, tales como intereses, dividendos, pensión alimenticia (del(la) cónyuge divorciado(a)), compensación por desempleo e ingresos del trabajo por cuenta propia.

  • Deberá pagar impuesto adicional al presentar su declaración de impuestos, tal como el impuesto sobre el ingreso del trabajo por cuenta propia.

  • Se le retiene el impuesto basado en información de una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) obsoleta durante la mayor parte del año.

Método de salarios acumulados.   Si usted cambió el número de descuentos para la retención durante el año, es posible que se le haya retenido demasiado o insuficiente impuesto para el período durante el cual se hizo el cambio. Usted quizás pueda compensar por esta situación si su patrono(a) o empleador(a) conviene en utilizar el método de salarios acumulados durante el resto del año. Hay que solicitarla de su patrono(a) o empleador(a) por escrito si desea utilizar este método.

  Para ser elegible, a usted se le debiera haber pagado su salario, usando el mismo tipo de período de pago (semanal, bisemanal, etc.) desde el principio del año.

La Publicación 919

Para asegurar de que se le retiene a usted la cantidad correcta de impuesto, obtenga la Publicación 919. Ésta le ayudará a comparar el impuesto que se le retendrá durante el año con el impuesto que usted determinará luego en su declaración de impuestos. Le ayudará también a determinar cuánto impuesto adicional se le deberá retener, si alguno, durante cada período o fecha de pago para así evitar el pago de impuesto adicional al presentar su declaración. Si no se le retiene suficiente impuesto, usted quizás tendrá que hacer pagos de impuesto estimado, tal como se explicará bajo Impuesto Estimado, más adelante.

Las Reglas que su Patrono(a) o Empleador(a) Debe Seguir

Quizás le será beneficioso enterarse de algunas de las reglas para la retención que su patrono(a) o empleador(a) tiene que seguir. Dichas reglas podrán afectar la manera en que usted completa la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) y cómo se manejan los problemas que puedan surgir.

Nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)).   Al comenzar un empleo nuevo, su patrono(a) o empleador(a) deberá darle a usted una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) para llenar. El patrono(a) o empleador(a) usará la información facilitada en la forma para determinar la cantidad que el(la) mismo(a) tiene que retenerle a usted, a partir de su primer día de pago.

  Si más tarde usted llena una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) nueva, su patrono(a) o empleador(a) podrá ponerla en vigor cuanto antes. La fecha límite para ponerla en vigor será el primer período de nómina que termina dentro de los 30 días o más a partir de la fecha en la que usted se la entregue al patrono(a) o empleador(a).

Ninguna Forma W-4 (o Forma W-4(SP)).   Si usted no entrega al patrono(a) o empleador(a) una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) debidamente completada, el mismo debe retenerle el impuesto a la tasa más alta, o sea, como si usted estuviera soltero(a) sin descuentos para la retención.

Devolución del impuesto retenido.   Si usted descubre que se le ha retenido demasiado impuesto porque no reclamó todos los descuentos a los cuales tiene derecho a reclamar, debería entregarle a su patrono(a) o empleador(a) una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) nueva. El patrono(a) o empleador(a) no puede reembolsarle ningún impuesto que se le retuvo a usted anteriormente.

  No obstante esto, si su patrono(a) o empleador(a) le ha retenido impuesto en exceso de la cantidad correcta según la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) ya vigente, usted no tiene que llenar otra nueva para bajar la cantidad de impuesto que se debe retenerle. En vez de eso, su patrono(a) o empleador(a) puede reintegrarle a usted la cantidad que le fue retenida erróneamente. Si no le reintegra la cantidad retenida en exceso, su Forma W-2 mostrará la cantidad total realmente retenida.

Exención de la Retención

Si reclama una exención de la retención de impuesto, su patrono(a) o empleador(a) no le retendrá el impuesto federal sobre el ingreso de sus sueldos o salarios. La exención corresponde únicamente al impuesto sobre el ingreso, no a la contribución al seguro social ni a la contribución Medicare.

Usted puede reclamar exención de la retención durante el 2006 sólo si ambas condiciones a continuación le corresponden.

  • Para el 2005 tuvo derecho a recibir un reembolso o devolución de todos los impuestos federales sobre el ingreso retenidos porque no estuvo obligado(a) a pagar impuestos en ese año.

  • Para el 2006 espera recibir un reembolso o devolución de todos los impuestos federales sobre el ingreso retenidos porque no espera deber ningún impuesto durante ese año.

Estudiante.   Si usted es estudiante, no estará automáticamente exento(a) de pagar impuestos. Vea el capítulo 1 para saber si debe presentar una declaración. Si usted trabaja a tiempo parcial o sólo durante el verano, podrá tener derecho a recibir una exención de la retención.

De al menos 65 años de edad o ciego(a).   Si tiene 65 años o más o es ciego(a), utilice una de las hojas de trabajo en el capítulo 1 de la Publicación 505, bajo, Exemption From Withholding (Exención de la Retención), en inglés, para ayudarle a decidir si podrá reclamar exención de la retención. No utilice ninguna de las hojas de trabajo si detallará las deducciones o reclamará exenciones por dependientes o créditos tributarios en su declaración del 2006. Vea, Itemizing deductions or claiming exemptions or tax credits (Detallando las deducciones o reclamando exenciones por dependientes o créditos tributarios), en la Publicación 505, en inglés.

Cómo se reclama exención de la retención.    Para reclamar esta exención, usted tiene que darle a su patrono(a) o empleador(a) una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)). Escriba “exempt” (exento(a)) en letras de imprenta en la línea 7.

  Si reclama exención, pero luego su situación cambia de tal manera que deberá el impuesto sobre el ingreso, usted tiene que completar una nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) dentro de 10 días a partir de la fecha en que la situación cambió. Si reclamó exención para el 2006, pero anticipa que va a pagar el impuesto sobre el ingreso en el 2007, tendrá que llenar una nueva Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) para el 1 de diciembre del 2006.

  Su reclamación para exención de la retención puede ser examinada por el IRS.

La exención será válida únicamente por un año.   Usted tiene que darle a su patrono(a) o empleador(a) una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) nueva para el 15 de febrero de cada año si desea prorrogar la exención.

Salarios Suplementarios

En los salarios suplementarios, se incluyen las remuneraciones por concepto de bonificaciones, comisiones, sueldos por trabajar horas extraordinarias (overtime), cierta compensación por enfermedad y bonificaciones para gastos de acuerdo con ciertos planes. El pagador puede calcular la retención sobre los salarios suplementarios, utilizando el método que se utilizó para los sueldos y salarios normales. Si se identifican estos pagos distintamente de sus sueldos y salarios normales, su patrono(a) o empleador(a) u otro pagador de dichos salarios puede retenerle el impuesto sobre el ingreso del trabajo de estos salarios a una tasa fija.

Bonificaciones para gastos de negocio.   Los reembolsos u otras remuneraciones para sus gastos de negocio pagados de acuerdo con un plan de reembolsos por gastos no informados directamente a su patrono(a) o empleador(a) (nonaccountable plan) se consideran salarios suplementarios.

  Los reembolsos u otras remuneraciones para sus gastos de negocio pagados de acuerdo con un plan de reembolsos por los gastos que deben informarse directamente a su patrono(a) o empleador(a) (accountable plans), pero que exceden de sus gastos comprobados, se consideran pagados de acuerdo con un plan de reembolsos por gastos no informados directamente a su patrono(a) o empleador(a). Esto es así si usted no devuelve los pagos excesivos dentro de un período de tiempo que se considera razonable.

  Para más detalles sobre los planes de reembolsos por gastos no informados directamente a su patrono(a) o empleador(a) (nonaccountable plan) y de reembolsos por los gastos que deben informarse directamente a su patrono(a) o empleador(a) (accountable plans), vea, Reimbursements (Reembolsos), en el capítulo 26 de la Publicación 17, en inglés.

Multas

Usted quizás tendrá que pagar una multa de $500 si ambas condiciones siguientes le corresponden.

  • Afirma declaraciones o reclama descuentos para la retención en la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) que reducen la cantidad total de impuesto retenido.

  • No tiene ninguna razón que justifique esas declaraciones o descuentos a la hora de preparar la Forma W-4 (o Forma W-4(SP)).

Se puede imponer también una multa criminal por facilitar información falsa o fraudulenta intencionalmente en su Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) o por no facilitar información intencionalmente que pudiera aumentar la cantidad retenida. La multa, si se prueba su culpabilidad, puede ser de hasta $1,000 ó encarcelamiento por un máximo de un año, o ambos.

Estas multas le corresponderán si usted falsifica intencionalmente y con conocimiento su Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) para tratar de reducir o eliminar la retención correcta de impuestos. Un error normal - una equivocación sincera - no resultará en la imposición de dichas multas. Por ejemplo, un individuo que ha tratado de calcular correctamente el número de descuentos para la retención, pero reclama siete descuentos en lugar del número correcto de seis, no tendrá que pagar una multa relacionada con la Forma W-4(SP) o la Forma W-4, en inglés.

Propinas

Las propinas que usted recibe en su empleo mientras trabaja se consideran parte de su sueldo. Usted deberá incluir las propinas que recibe en su declaración de impuestos en la misma línea en que incluye sus sueldos, salarios, etc. Sin embargo, no se retiene impuesto directamente de sus propinas, como se hace en el caso de sus sueldos, salarios, etc. Aunque eso es así, su patrono(a) o empleador(a) tomará en cuenta las propinas que usted le informe para calcular la cantidad de impuesto que deberá retenerle de su salario regular.

Vea más adelante el capítulo 6 para obtener más información sobre propinas. Para mayor información acerca de las reglas para la retención de impuesto sobre las propinas, vea la Publicación 531, Reporting Tip Income (Informando el Ingreso de Propinas), en inglés.

Cómo determina su patrono(a) o empleador(a) la cantidad que se le debe retener.   Las propinas que usted informa a su patrono(a) o empleador(a) se incluyen en su ingreso total para el mes en el cual las informa. Su patrono(a) o empleador(a) puede calcular la cantidad que debe retenerle de una de las maneras siguientes.
  • Retención del impuesto a la tasa normal sobre la cantidad que resulta al sumar su salario normal y las propinas informadas.

  • Retención del impuesto a la tasa normal sobre su salario normal, más un porcentaje de sus propinas informadas.

Salario insuficiente para pagar los impuestos.    Si su salario regular es insuficiente para que su patrono(a) o empleador(a) pueda retenerle todo el impuesto que usted debe (incluyendo el impuesto sobre el ingreso y las contribuciones al seguro social, al Medicare y a la jubilación ferroviaria) sobre su paga, más cualesquier propinas, puede darle al patrono(a) o empleador(a) el dinero necesario para pagar el impuesto adeudado. Vea, Entrega de dinero a su patrono(a) o empleador(a) para el pago de los impuestos, en el capítulo 6.

Propinas asignadas.   Su patrono(a) o empleador(a) no debe retener de sus propinas asignadas ningún impuesto ni las contribuciones al seguro social, al Medicare y a la jubilación ferroviaria. Se basa la retención de dichos impuestos únicamente en su salario, más sus propinas informadas. Su patrono(a) o empleador(a) deberá devolverle a usted cualquier cantidad de impuesto erróneamente retenida de su paga. Vea más adelante el tema titulado Propinas Asignadas, en el capítulo 6.

Prestaciones Suplementarias Tributables

El valor de ciertas prestaciones suplementarias que usted recibe de su patrono(a) o empleador(a) es considerado parte de su paga. Su patrono(a) o empleador(a), generalmente, le deberá retener de su paga regular el impuesto sobre el ingreso.

Para información sobre las prestaciones suplementarias, vea, Prestaciones Suplementarias, bajo, Compensación del(la) Empleado(a), en el capítulo 5 de esta publicación.

Su patrono(a) o empleador(a) puede elegir no retener impuesto sobre el valor del uso personal por usted de un automóvil, camión u otro vehículo motorizado usado en las carreteras que su patrono(a) o empleador(a) le facilita. Su patrono(a) o empleador(a) debe notificarle a usted si elige hacer esto.

Para mayor información acerca de la retención de impuesto sobre las prestaciones suplementarias tributables, vea el capítulo 1 de la Publicación 505, en inglés.

Compensación por Enfermedad

Se define el término compensación por enfermedad como el pago que usted recibe para reemplazar su salario o sueldo regular mientras está ausente del trabajo temporalmente debido a una enfermedad o lesión. Para calificar como compensación por enfermedad, ésta deberá ser pagada bajo un plan en el cual participa su patrono(a) o empleador(a).

Si recibe compensación por enfermedad de su patrono(a) o empleador(a), o de un(a) agente del mismo, a usted se le deberá retener el impuesto sobre el ingreso. Un(a) agente que no le paga a usted salarios regulares puede optar por retenerle el impuesto sobre el ingreso a una tasa fija.

Sin embargo, si usted recibe compensación por enfermedad de un tercero pagador que no es un(a) agente o representante de su patrono(a) o empleador(a), el impuesto sobre el ingreso se lo retendrán únicamente si así usted lo solicita. Vea, Forma W-4S, más abajo.

Si usted recibe compensación por enfermedad de un plan en el cual su patrono(a) o empleador(a) no participa (tal como un plan de protección a la salud o contra accidentes al cual usted le paga todas las primas de seguro), los pagos que usted recibe no son considerados compensación por enfermedad y, por lo general, no están sujetos a impuesto.

Convenios sindicales.   Si recibe compensación por enfermedad de acuerdo a un convenio colectivo del trabajo entre el sindicato al que usted pertenece y su patrono(a) o empleador(a), el convenio pudiera determinar la cantidad de impuesto sobre el ingreso que se debe retener. Consulte a su delegado o representante sindical o con su patrono(a) o empleador(a) para más información.

Forma W-4S.   Si usted elige que se le retenga el impuesto sobre el ingreso de la compensación por enfermedad pagada por un tercero, p.e., una compañía de seguros, deberá llenar la Forma W-4S. Las instrucciones para la forma contienen una hoja de trabajo que usted puede utilizar para determinar la cantidad que quiere que se le retenga. Dichas instrucciones también explican ciertas restricciones que puedan corresponderle.

  Entregue la forma completada al pagador de la compensación por enfermedad. Éste debe retenerle el impuesto según las instrucciones indicadas en la forma.

  Si no solicita la retención de impuesto en la Forma W-4S o si no se le ha retenido suficiente impuesto, usted quizás tendrá que hacer pagos de impuesto estimado. Si no paga suficiente impuesto mediante pagos del impuesto estimado o si no se le retiene suficiente impuesto de su paga, usted quizás tendrá que pagar una multa.

Pensiones y Anualidades

Por lo general, se retiene impuesto sobre el ingreso de su pensión o anualidad, a menos que usted solicite que no se lo retengan. Esta regla corresponde a reparticiones de:

  • Una cuenta personal de jubilación (conocida por sus siglas en inglés, IRA) original.

  • Una compañía o sociedad de seguros de vida de acuerdo a un contrato dotal, anualidad o un contrato de seguros de vida.

  • Un sistema de pensión, anualidad o participación en las ganancias.

  • Un plan de acciones beneficiarias.

  • Cualquier plan que difiere el período en que usted puede recibir remuneraciones.

La cantidad que se debe retener depende de cómo usted recibe los pagos. Es decir, si los recibe durante más de un sólo año (pagos periódicos), dentro del plazo de un año (pagos no periódicos) o como una repartición de una reinversión elegible (conocida por sus siglas en inglés, ERD). No puede elegir que no se le retenga impuesto de una ERD.

Información adicional.   Para más información sobre la tributación de anualidades y reparticiones (incluyendo las reparticiones de una reinversión elegible) de sistemas de jubilación calificados, vea el capítulo 10 . Para más detalles sobre las cuentas IRA, vea el capítulo 17 de la Publicación 17, en inglés. Para mayor información sobre la retención de impuesto de las pensiones y anualidades, incluyendo una explicación de la Forma W-4P, vea, Pensions and Annuities (Pensiones y Anualidades), en el capítulo 1 de la Publicación 505, en inglés.

Ganancias de Juegos

Se retiene impuesto sobre el ingreso sobre ciertas ganancias de juegos a tasa fija.

Las ganancias de juegos mayores de $5,000 que resultan de las fuentes a continuación están sujetas a la retención del impuesto sobre los ingresos.

  • Cualesquier loterías, convenios de personas para apostar y otros juegos semejantes.

  • Cualquier otra clase de apuesta, si las ganancias son más por lo menos 300 veces mayores que la cantidad de la apuesta.

No importa si se pagan las ganancias en efectivo, en bienes o como anualidad. Las ganancias que no se pagan en efectivo se toman en cuenta según su valor normal en el mercado.

Las ganancias de juegos de bingo, keno, o de las máquinas tragamonedas, por regla general, no están sujetas a la retención de impuesto. Sin embargo, usted quizás tendrá que facilitarle al pagador su número de seguro social si quiere evitar la retención de impuesto. Vea, Backup withholding on gambling winnings (Retención adicional sobre las ganancias de juegos), en la Publicación 505, en inglés. Si recibió ganancias de juegos que no estuvieron sujetas a retención, usted quizás tendrá que hacer pagos de impuesto estimado. Vea, Impuesto Estimado, más adelante.

Si no paga suficiente impuesto mediante la retención o pagos de impuesto estimado, usted pudiera estar sujeto(a) a pagar una multa. Vea, Multa por Pago Incompleto del Impuesto, más adelante.

Forma W-2G.   Si un pagador le retiene a usted el impuesto sobre el ingreso de sus ganancias de juegos, el mismo deberá enviarle a usted una Forma W-2G , Certain Gambling Winnings (Ciertas Ganancias de Juego), en inglés, en la cual se muestra la cantidad que usted ganó, así como la cantidad de impuesto retenido. Informe el impuesto retenido en la línea 64 de la Forma 1040.

Compensación por Desempleo

Usted puede elegir que se le retenga el impuesto sobre el ingreso de su compensación por desempleo. Para hacer la elección, tendrá que llenar la Forma W-4V , en inglés, o una forma similar facilitada por su patrono(a) o empleador(a), y enviarla al pagador.

La compensación por desempleo constituye ingreso sujeto a impuestos. Luego, si no se le retiene suficiente impuesto, usted quizás tendrá que hacer pagos de impuesto estimado. Vea, Impuesto Estimado, más adelante.

Si no paga suficiente impuesto mediante la retención o pagos de impuesto estimado, usted pudiera estar sujeto(a) a pagar una multa. Vea, Multa por Pago Incompleto del Impuesto Estimado, más adelante, para mayor información.

Pagos del Gobierno Federal

Usted puede elegir que se le retenga el impuesto sobre el ingreso de ciertos pagos que recibe del gobierno federal. Estos pagos incluyen:

  1. Beneficios del seguro social,

  2. Beneficios de la jubilación ferroviaria del primer nivel (tier 1),

  3. Préstamos de crédito sobre mercancías o productos que usted elige incluir en su ingreso y

  4. Pagos recibidos de acuerdo a la Ley Agrícola de 1949 (7 U.S.C. 1421 et. seq.) o al Título II de la Ley de Socorro de Desastre de 1988, según enmendada, que se consideran pagos de seguros y los recibe porque:

    1. Sus cultivos fueron destruidos o gravemente dañados por sequía, inundación u otro tipo de desastre natural o

    2. Usted no pudo sembrar semillas para sus cultivos por uno de los desastres naturales descritos en a).

Para hacer tal elección, usted tendrá que llenar la Forma W-4V, en inglés (u otro documento similar facilitado por el pagador y enviarla al mismo.

Si elige que no se le retenga suficiente impuesto, usted quizás tendrá que hacer pagos de impuesto estimado. Vea, Impuesto Estimado, más adelante.

Si no paga suficiente impuesto mediante la retención o pagos de impuesto estimado, usted pudiera estar sujeto(a) a pagar una multa. Vea, Multa por Pago Incompleto del Impuesto Estimado, más adelante, para mayor información.

Información adicional.    Para más información sobre la tributación de los beneficios del seguro social y de la jubilación ferroviaria, vea el capítulo 11 de esta publicación. Obtenga la Publicación 225, Farmer's Tax Guide (Guía Tributaria para los Agricultores), en inglés, para mayor información acerca de la tributación de los préstamos de crédito sobre mercancías o productos y pagos de socorro de desastre por la destrucción de cultivos.

Retención Adicional

Los bancos y otros negocios que pagan ciertos tipos de ingreso deben presentar una declaración informativa (Forma 1099) con el IRS. Una declaración informativa indica cuánto ingreso fue pagado a usted durante el año. Esta forma también muestra su nombre y número de identificación del contribuyente (TIN — siglas en inglés). Se explica el número de identificación del contribuyente (TIN) en el capítulo 1.

Por regla general, esos tipos de pagos no están sujetos a la retención de impuesto. No obstante esto, se le requiere una retención “especial”, o adicional, en ciertas circunstancias. Esta retención adicional puede corresponder a la mayoría de los pagos que se informan en la Forma 1099.

El pagador debe retenerle el impuesto a la tasa fija en las situaciones a continuación.

  • Usted no facilita su TIN al pagador según la manera correcta de hacerlo.

  • El IRS notifica al pagador que el TIN que usted le dio al pagador está equivocado.

  • Usted está obligado(a) a certificar que no está sujeto(a) a la retención adicional de impuesto, pero no lo hace.

  • El IRS notifica al pagador que empiece a retener impuesto sobre sus intereses o dividendos porque usted los informó de menos en su declaración de impuestos. El IRS tomará esta medida únicamente después de que le ha enviado a usted cuatro avisos durante un período de al menos 210 días.

Vea, Backup Withholding (Retención Adicional), en el capítulo 1 de la Publicación 505, en inglés, para más información.

Multas.   Hay multas civiles y criminales por facilitar información falsa con intención de evitar la retención adicional de impuesto. La multa civil es de $500. La multa criminal, si se prueba su culpabilidad, puede ser de hasta $1,000 ó encarcelamiento por un máximo de un año, o ambos.

Impuesto Estimado

El impuesto estimado es el método que se utiliza para pagar impuestos sobre el ingreso que no está sujeto a retención. En este tipo de ingreso se incluyen los ingresos del trabajo por cuenta propia, intereses, dividendos, pensión alimenticia del(la) cónyuge divorciada, alquiler, ganancias resultantes de la venta de bienes, premios y recompensas. Usted quizás tendrá que pagar impuesto estimado si la cantidad de impuesto retenida de su sueldo, salario, pensión o cualquier otra clase de remuneración no es suficiente.

Se utiliza el impuesto estimado para pagar tanto el impuesto sobre los ingresos como el impuesto sobre el ingreso del trabajo por cuenta propia, así como otros impuestos o contribuciones y otras cantidades informadas en su declaración de impuestos. Si no paga suficiente impuesto mediante retenciones del impuesto o pagos de impuesto estimado, usted quizás tendrá que pagar una multa o penalidad. Si no paga lo suficiente para la fecha de vencimiento de cada período de pago (vea, Cuándo se Debe Pagar el Impuesto Estimado, más adelante), a usted se le podrá cobrar una multa aun cuando espere recibir un reembolso de impuesto al presentar su declaración de impuestos. Para mayor información sobre cuándo se aplica la multa, vea, Multa por Pago Incompleto del Impuesto, más adelante.

Quién no Tiene que Pagar el Impuesto Estimado

Si recibe sueldos o salarios, usted puede evitar la obligación de hacer pagos de impuesto estimado pidiendo a su patrono(a) o empleador(a) que le retenga más impuesto de sus remuneraciones. Para hacer esto, por favor, presente una Forma W-4 (o Forma W-4(SP)) nueva con su patrono(a) o empleador(a). Vea el capítulo 1 de la Publicación 505, en inglés.

Pagos de impuesto estimado no requeridos.   Usted no tendrá que pagar el impuesto estimado para el 2006 si se satisfacen todas las tres condiciones siguientes.
  • No tuvo que pagar ningún impuesto adicional (obligación tributaria) en el 2005.

  • Era un(a) ciudadano(a) o residente de los EE.UU. durante todo el año.

  • Su año tributario (fiscal) del 2005 constaba de un período de 12 meses.

  No tuvo una obligación tributaria para el 2005 si su impuesto total (neto) fue cero y no estuvo obligado(a) a presentar una declaración de impuestos.
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Figura 4-A. ¿Tiene Usted que Pagar Impuesto Estimado?

¿Quién Debe Pagar el Impuesto Estimado?

Si tenía una obligación contributiva (un saldo pendiente de impuesto por pagar) para el 2005, usted quizás tendrá que pagar impuesto estimado para el 2006.

Regla general.   Usted tiene que pagar impuesto estimado para el 2006 si le corresponden las dos condiciones a continuación.
  1. Usted espera deber al menos $1,000 por concepto de impuesto para el 2006 después de restar deducciones o impuesto retenido.

  2. Usted espera que su impuesto retenido y créditos sean menos de lo menor entre el:

    1. 90% del impuesto que se muestra en su declaración de impuestos para el 2006 ó

    2. 100% del impuesto que se muestra en su declaración de impuestos para el 2005. Dicha declaración debe abarcar un período de 12 meses.

Reglas especiales para agricultores, pescadores y contribuyentes de alto ingreso.   Existen excepciones a la regla general para los agricultores, pescadores y ciertos contribuyentes que reciben ingreso de mayor cuantía. Vea la Figura 4-A y el capítulo 2 de la Publicación 505, en inglés, para mayor información.

Extranjeros.    Tanto los extranjeros residentes como los extranjeros no residentes quizás tengan que pagar impuesto estimado. Los extranjeros residentes deben seguir las reglas presentadas en este capítulo a menos que se indique de otra manera. Los que no son residentes deben obtener la Forma 1040-ES(NR), U.S. Estimated Tax for Nonresident Alien Individuals (Impuesto Estimado de los EE.UU. para los Individuos Extranjeros no Residentes), en inglés.

Contribuyentes casados.    Para determinar si usted debe pagar el impuesto estimado, aplique las reglas explicadas aquí a su ingreso estimado por separado. Si puede hacer pagos de impuesto estimado conjuntos, usted puede aplicar esas reglas a base de una declaración conjunta.

  Usted y su cónyuge pueden hacer pagos de impuesto estimado conjuntos aun cuando los dos no vivan en el mismo hogar.

  Usted y su cónyuge no pueden hacer pagos de impuesto estimado conjuntos si:
  • Están legalmente separados de acuerdo a una sentencia de divorcio o de manutención por separación judicial,

  • Tanto usted como su cónyuge utilizan años tributarios distintos o

  • Cualquiera de ustedes es un(a) extranjero(a) no residente (a menos que elija ser tratado(a) como extranjero(a) residente (vea el capítulo 1 de la Publicación 519, en inglés)).

  El hecho de que usted y su cónyuge hagan o no hagan pagos de impuesto estimado conjuntos o por separado no afectará en nada su elección a presentar una declaración de impuestos conjunta o una declaración separada para el 2006.

Declaraciones separadas para el 2005 y una declaración conjunta para el 2006.   Si usted piensa presentar una declaración conjunta con su cónyuge para el 2006, pero los dos presentaron declaraciones separadas en el 2005, su impuesto para el 2005 es el impuesto total indicado en las dos declaraciones del 2005. Usted presentó una declaración por separado si reclamó cualquiera de los estados civiles: soltero(a), cabeza de familia o casado(a) que presenta declaración por separado.

Declaración conjunta para el 2005 y declaraciones separadas para el 2006.   Si usted piensa presentar una declaración separada para el 2006, pero presentó una declaración conjunta en el 2005, su impuesto para el 2005 es la porción del impuesto que le corresponde informado en la declaración conjunta. Usted presenta una declaración por separado si reclama cualquiera de los estados civiles: soltero(a), cabeza de familia o casado(a) que presenta declaración por separado.

  Para calcular la porción del impuesto que le corresponde a usted en una declaración de impuestos, debe calcular el impuesto que usted y su cónyuge hubieran pagado si hubieran presentado declaraciones separadas para el 2005, utilizando el mismo estado para el 2006. Luego multiplique el impuesto de la declaración conjunta para la siguiente fracción.
El impuesto que hubiera pagado si hubiera presentado una declaración por separado
El impuesto total que usted y su cónyuge hubieran pagado si los dos hubieran presentado declaraciones separadas

Ejemplo 4. .1. Ejemplo.

José y Hortensia presentaron una declaración conjunta para el 2005, en la que se indicaban un ingreso sujeto a impuestos de $48,500 y un impuesto por pagar de $6,549. Del total de los ingresos sujetos a impuestos de $48,500, unos $40,100 correspondían a José y los demás correspondían a Hortensia. Para el 2006, el matrimonio piensa presentar declaraciones separadas. José calcula su porción del impuesto indicado en la declaración conjunta para el 2005 de la manera siguiente:

Impuesto sobre los $40,100 usando la tasa para un(a) casado(a) que presenta una declaración por separado $ 6,696
Impuesto sobre los $8,400 usando la tasa para un(a) casado(a) que presenta una declaración por separado 899
Total $ 7,595
Porcentaje del total correspondiente a José ($6,696 (dividido por) $7,595) 88%
Porción del total informado en la declaración conjunta correspondiente a José ($6,549 × 88%) $ 5,763

Cómo se Calcula su Impuesto Estimado

Para calcular su impuesto estimado, usted debe determinar primero su ingreso bruto ajustado, ingreso sujeto a impuestos (ingreso tributable), contribuciones (impuestos), deducciones y créditos que usted anticipa tener para el año.

Al calcular su impuesto estimado para el 2006, pudiera serle beneficioso utilizar sus ingresos, deducciones y créditos en su declaración del 2005 como punto de partida. Por favor, utilice su declaración federal de impuestos para el 2005 como referencia. Usted puede utilizar la Forma 1040-ES, en inglés, para calcular su impuesto estimado.

Hay que tomar en cuenta cambios recientes a su propia situación y también a la ley tributaria al ajustar su ingreso, deducciones y créditos. Para el 2006, hay varios cambios a la ley tributaria. Dichos cambios se explican en la Publicación 553, en inglés, o visite la página del IRS www.irs.gov.

La Forma 1040-ES contiene una hoja de trabajo para ayudarlo(a) a calcular su impuesto estimado. Conserve la hoja de trabajo completada para su archivo.

Para mayor información y ejemplos sobre cómo se determina su impuesto estimado para el 2006, vea el capítulo 2 de la Publicación 505, en inglés.

Cuándo se Debe Pagar el Impuesto Estimado

Para propósitos del impuesto estimado, se divide el año tributario en cuatro períodos de pago. Cada período tiene su propia fecha de vencimiento. Si no se paga suficiente impuesto para la fecha de vencimiento de cada uno de los períodos de pago, se le podrá cobrar una multa aun cuando usted tiene derecho a un reembolso al presentar su declaración de impuestos. El diagrama siguiente muestra los períodos de pago y las fechas de vencimiento para los pagos del impuesto estimado.

Para el período: Fecha de vencimiento:
Desde el 1* de enero hasta el 31 de marzo 15 de abril
Desde el 1 de abril hasta el 31 mayo 15 de junio
Desde el 1 de junio hasta el 31 de agosto 15 de septiembre
Desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre 15 de enero del próximo año**
* Si su año tributario no empieza el 1 de enero, vea las instrucciones de la Forma 1040-ES.
** Vea el tema, Pago para enero, más adelante.

Regla para los sábados, domingos y días de fiesta (feriados) legal.   Si la fecha para hacer un pago de impuesto estimado vence un sábado, domingo o día de fiesta, el pago se considerará hecho a su debido tiempo si se hace el próximo día que no sea un sábado, domingo o día de fiesta legal. Por ejemplo, un pago que deberá hacerse el 15 de enero del 2007 (lunes), será oportuno si usted lo hace el 16 de enero del 2007 (martes). El 15 de enero es un día de fiesta legal.

Pago para enero.   Si presenta su Forma 1040 ó Forma 1040A del 2006 para el 31 de enero del 2007 y paga el resto del impuesto que debe, usted no tendrá que hacer su pago del impuesto estimado que vencería el 16 de enero del 2007.

Contribuyentes que tienen un año fiscal.   Si su año tributario no comienza el 1 de enero, vea las instrucciones para la Forma 1040-ES, en inglés, para saber las fechas de vencimiento pertinentes.

Cuándo se Debe Comenzar

Usted no tiene que pagar impuesto estimado hasta que reciba ingresos sobre los cuales tendrá que pagar este impuesto. Si recibe ingreso sujeto al pago de impuesto estimado para el primer período de pago del año, usted tiene que hacer su primer pago para la fecha de vencimiento para ese período. Usted puede pagar el impuesto estimado en su totalidad o a plazos. Si decide pagar el impuesto a plazos, haga su primer pago para la fecha de vencimiento del primer período de pago. Haga los plazos restantes para las fechas de vencimiento de los períodos posteriores.

Ningún ingreso sujeto al impuesto estimado durante el primer período.   Si usted no recibe ingreso sujeto al pago de impuesto estimado hasta un período posterior, puede hacer su primer pago de impuesto estimado para la fecha de vencimiento en tal período. Usted puede pagar el impuesto estimado en su totalidad para la fecha de vencimiento en tal período o puede elegir a pagarlo a plazos para la fecha de vencimiento de tal período y las fechas de vencimiento de los períodos restantes. El diagrama siguiente indica cuándo se deben hacer los pagos a plazos.

Tabla La tabla siguiente indica cuando se debe hacer los pagos a plazos.

Si recibe dinero sobre el cual usted tiene que pagar impuesto estimado por primera vez: Haga un pago para el: Pague los plazos para el:
Antes del 1 de abril 15 de abril 15 de junio
15 de septiembre
15 de enero del próximo año *
Después del 31 de marzo y antes del 1 de junio 15 de junio 15 de septiembre
15 de enero del próximo año *
Después del 31 de mayo y antes del 1 de septiembre 15 de septiembre 15 de enero del próximo año *
Después del 31 de agosto 15 de enero del próximo año * (Ninguno)
*Vea, Pago para enero y Regla para los sábados, domingos y días de fiesta (feriados), bajo, Cuándo se Debe Pagar el Impuesto Estimado, anteriormente.

Cuánto se debe pagar para evitar la multa.   Para determinar la cantidad que usted debe pagar para cada fecha de vencimiento de hacer los pagos, vea, Cómo se Determina Cada Pago, a continuación. Si la discusión anterior de Ningún ingreso sujeto al impuesto estimado durante el primer período o la posterior de Cambio en el impuesto estimado le corresponde a usted, deberá leer Annualized Income Installment Method (Método de Ingreso Anual a Plazos) en el capítulo 2 de la Publicación 505, en inglés, para información acerca de cómo se puede evitar una multa.

Cómo se Determina Cada Pago

Deberá pagar suficiente impuesto estimado para la fecha de vencimiento de cada período de pago, para así evitar una multa por ese período. Usted puede determinar su pago requerido para cada período utilizando el método normal de pagos a plazos o el método de ingreso anual a plazos. Se describen estos métodos en gran detalle en la Publicación 505, en inglés. Si no paga suficiente impuesto para cada período de pago, quizás se le podrá cobrar a usted una multa aun cuando tenga derecho a un reembolso del impuesto luego al presentar su declaración.

Multa por pago incompleto del impuesto estimado.   Si su pago de impuesto estimado para un período anterior es menos de 1/4 de su impuesto estimado enmendado, se le puede cobrar una multa por pago incompleto del impuesto estimado para tal período al presentar su declaración de impuestos. Vea el capítulo 4 de la Publicación 505, en inglés, para mayor información.

Cambios en el impuesto estimado.    Después de que usted haga un pago del impuesto estimado, cambios en su ingreso, ajustes, deducciones, créditos o exenciones pudieran hacer necesario que usted vuelva a calcular su impuesto estimado. Pague el saldo adeudado de su impuesto estimado enmendado a más tardar en la siguiente fecha de vencimiento del pago después del cambio o puede pagar en plazos empezando a más tardar en esa siguiente fecha de vencimiento y subsecuentemente en las fechas de pago para los períodos de pago restantes.

Pagos del impuesto estimado no requeridos

Usted no tiene que hacer pagos de impuesto estimado si la cantidad retenida durante cada período de pago es al menos:

  • 1/4 de su pago anual requerido o

  • Su plazo de ingreso anual que está obligado(a) a pagar para tal período.


Además, usted no tendrá que efectuar pagos de impuesto estimado si se le retiene suficiente impuesto durante el año para asegurar que la cantidad de impuesto que se debe pagar al presentar su declaración será menos de $1,000.

Cómo se Paga el Impuesto Estimado

Hay cinco maneras de pagar el impuesto estimado.

  • Acreditar un pago en exceso de su declaración de impuestos del 2005 a su impuesto estimado del 2006.

  • Enviar su pago del impuesto debido con un pago-comprobante de la Forma 1040-ES.

  • Pagar por vías electrónicas mediante el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema del Pago de Impuestos Federales por Vías Electrónicas), conocido por sus siglas en inglés como EFTPS. Para más información sobre el sistema EFTPS, vea el capítulo 1.

  • Retirar los fondos por vías electrónicas si es que usted presenta la Forma 1040 ó la Forma 1040A por vías electrónicas.

  • Utilizar su tarjeta de crédito de acuerdo con un sistema de pagos por teléfono o por la red Internet.

Cómo se Acredita un Pago en Exceso

Al presentar su Forma 1040 ó Forma 1040A para el 2005 con un pago en exceso (impuesto pagado de más), usted puede aplicar una porción o la cantidad total de ese pago en exceso a su impuesto estimado para el 2006. Escriba en la línea 74 de la Forma 1040 ó la línea 46 de la Forma 1040A la porción de la cantidad del pago en exceso que usted quiere acreditar a su impuesto estimado en vez de recibir como reembolso. Usted tiene que considerar dicha cantidad acreditada al calcular los pagos de impuesto estimado hechos durante el año.

Se aplicará el crédito a sus pagos en el orden necesario para evitar la obligación de pagar la multa por pago insuficiente del impuesto estimado. Usted no puede solicitar que se le reembolse esa cantidad durante el año hasta el cierre de tal año. Tampoco puede utilizar ese pago en exceso para cualquier otro propósito después de dicha fecha de vencimiento.

Cómo se Utilizan los Pago-Comprobantes

Cada pago de impuesto estimado tiene que ser acompañado de un pago-comprobante de la Forma 1040-ES. Si hizo pagos de impuesto estimado durante el año pasado, usted debería recibir por correo la Forma 1040-ES del año 2006. La misma contendrá unos pago-comprobantes con su nombre, dirección y número de seguro social impresos. El uso de los pago-comprobantes con esa información impresa acelerará el procesamiento de su declaración, reducirá la posibilidad de cometer errores y ahorrará la cantidad de dinero gastado en procesar la declaración.

Si no pagó impuesto estimado durante el año pasado, usted debe obtener la Forma 1040-ES del IRS. Al pagar el primer plazo, un juego de la Forma 1040-ES le será enviado a usted, junto con el resto de los pago-comprobantes impresos. Siga las instrucciones contenidas en el juego para asegurar que usted utilizará los pago-comprobantes correctamente.

Utilice los sobres con ventanillas que venían con su juego de la Forma 1040-ES. Si utiliza su propio sobre, asegúrese de enviar los pago-comprobantes a la dirección que sirve al área donde usted vive. Esta dirección se hallará en las instrucciones para la Forma 1040-ES.

Precaución
No utilice la dirección contenida en las instrucciones para la Forma 1040 ó para la Forma 1040A.

Si usted presenta una declaración conjunta y está haciendo pagos conjuntos del impuesto estimado, por favor, anote los nombres y números sociales en el pago-comprobante en el mismo orden como aparecerán en la declaración conjunta.

Cambio de dirección.   Usted tiene que informar al IRS si hace pagos de impuesto estimado y cambió su dirección durante el año. Usted también debe enviar al centro de servicio del IRS donde presentó su declaración de impuestos más reciente un informe escrito que sea claro y conciso en el que incluye todo lo siguiente:
  • Su nombre completo (y el de su cónyuge),

  • Su firma (y la de su cónyuge),

  • Su dirección antigua (y la de su cónyuge, si es distinta),

  • Su dirección nueva y

  • Su número de seguro social (y el de su cónyuge).


Usted puede usar la Forma 8822, Change of Address (Cambio de Dirección), en inglés, para informarnos su nueva dirección.

  Usted puede seguir utilizando los viejos pago-comprobantes impresos hasta que el IRS le envíe los nuevos. Sin embargo, por favor, no corrija la dirección impresa en el pago-comprobante antiguo.

Pago por Retiro de Fondos por Vías Electrónicas o con Tarjeta de Crédito

Si usted desea hacer pagos de impuesto estimado mediante el retiro de fondos por vías electrónicas o su tarjeta de crédito, vea las instrucciones para la Forma 1040-ES o How To Pay Estimated Tax (Cómo se Paga el Impuesto Estimado) en la Publicación 505, en inglés.

Crédito por el Impuesto Retenido y el Impuesto Estimado

Al presentar su declaración de impuestos para el 2005, reclame en la declaración todo el impuesto retenido, así como las contribuciones al seguro social y al Medicare retenidas en exceso, de su sueldo o salario, pensiones, anualidades, etc. Además, reclame el impuesto estimado que usted haya pagado durante el 2005. Luego reste estos créditos de su impuesto calculado. Usted deberá presentar una declaración y reclamar dichos créditos aun cuando no tenga un impuesto por pagar (obligación tributaria).

Si usted trabajó para dos o más patronos o empleadores y recibió más de $90,000 por concepto de sueldos o salarios en el 2005, puede que se le hayan retenido demasiada contribución al seguro social o la contribución a la jubilación ferroviaria de sus sueldos o salarios. Vea, Credit for Excess Social Security Tax or Railroad Retirement Tax (Crédito por la Contribución al Seguro Social o la Contribución a la Jubilación Ferroviaria Retenida en Exceso), en el capítulo 37 de la Publicación 17, en inglés.

Retención

Si se le retuvo impuesto sobre el ingreso durante el 2005, usted deberá recibir un informe o comprobante para el 31 de enero del 2006, mostrando su ingreso total y el impuesto retenido. Dependiendo de la fuente de ese ingreso, usted recibirá una:

  • Forma W-2, Wage and Tax Statement (Comprobante de Salarios y de Retención), en inglés,

  • Forma W-2G, Certain Gambling Winnings (Ciertas Ganancias de Juegos), en inglés, o

  • una forma de la serie 1099.

Las Formas W-2 y W-2G.   Incluya la Forma W-2 al presentar su declaración del impuesto sobre los ingresos. Incluya la Forma W-2G con su declaración si la misma indica cualquier impuesto federal sobre el ingreso retenido de sus ganancias.

  Usted debería recibir al menos dos copias de la forma de retención que recibe. Adjunte una de las copias a la primera página de su declaración federal de impuestos. Conserve una copia para su archivo. Debería recibir otras copias para incluir con sus declaraciones de impuestos estatales y locales.

Forma W-2

Su patrono(a) o empleador(a) debería darle una Forma W-2 del 2005 para el 31 de enero del 2006. Debería recibir una Forma W-2 por separado de cada patrono(a) o empleador(a) para el cual usted haya trabajado.

Si deja de trabajar antes del final del año, su patrono(a) o empleador(a) puede enviarle a usted su Forma W-2 en cualquier momento después de que usted haya dejado su empleo. No obstante esto, el patrono(a) o empleador(a) debe enviársela para el 31 de enero del 2006.

Si usted le solicita la forma a su patrono(a) o empleador(a), éste tiene que entregársela dentro de los 30 días después de que recibe su solicitud por escrito o dentro de los 30 días después de que le paga a usted su sueldo o salario final, lo que ocurra por último.

Si usted no recibió su Forma W-2 a su debido tiempo, debería pedírsela a su patrono(a) o empleador(a). Si aún no la recibe para el 15 de febrero, llame al IRS.

La Forma W-2 muestra su sueldo o salario y otras remuneraciones que usted recibió durante el año, así como el impuesto sobre el ingreso, la contribución al seguro social y la contribución al seguro Medicare retenidos durante el año. Anote el total del impuesto federal sobre el ingreso retenido (según informado en la Forma W-2) en la:

  • Línea 64 si presenta la Forma 1040,

  • Línea 39 si presenta la Forma 1040A o

  • Línea 7 si presenta la Forma 1040EZ.


Se utiliza la Forma W-2 también para informar cualquier compensación por enfermedad sujeta a impuestos que usted haya recibido y cualquier impuesto sobre el ingreso que se le haya retenido de dicha compensación por enfermedad.

Forma W-2G

Si usted recibió ganancias de juegos durante el 2005, el pagador pudiera haberle retenido impuesto sobre el ingreso. Si es así, el pagador le dará una Forma W-2G en la que se muestran la cantidad que usted ganó y la cantidad de impuesto que se le retuvo.

Por favor, declare las ganancias en la línea 21 de la Forma 1040. Anote la cantidad de impuesto retenido en la línea 64 de la forma 1040. Si recibió ganancias de juegos, usted debe presentar una Forma 1040; no puede utilizar ni la Forma 1040A ni la Forma 1040EZ.

La Serie 1099

La mayoría de las Formas 1099 no se presentan con su declaración de impuestos. Usted deberá recibirlas para el 31 de enero del 2006. Conserve estas formas para su archivo. La serie 1099 consta de varias formas distintas, incluyendo las siguientes:

  • Forma 1099-B, Proceeds From Broker and Barter Exchange Transactions (Ganancias de Transacciones Relacionadas con Trueques o Corredores de Acciones), en inglés,

  • Forma 1099-DIV, Dividends and Distributions (Dividendos y Otras Reparticiones), en inglés,

  • Forma 1099-G, Certain Government Payments (Ciertos Pagos del Gobierno Federal), en inglés,

  • Forma 1099-INT, Interest Income (Ingreso de Intereses), en inglés,

  • Forma 1099-MISC, Miscellaneous Income (Ingresos Varios), en inglés,

  • Forma 1099-OID, Original Issue Discount (Descuento de la Emisión Original), en inglés,

  • Forma 1099-R, Distributions From Pensions, Annuities, Retirement or Profit-Sharing Plans, IRAs, Insurance Contracts, etc. (Reparticiones de Pensiones, Anualidades, Planes de Jubilación o de Reparto de las Ganancias, Cuentas IRA, Contratos de Seguro, etc.), en inglés,

  • Forma SSA-1099, Social Security Benefit Statement (Comprobante de Beneficios del Seguro Social), en inglés,

  • Forma RRB-1099, Payments by the Railroad Retirement Board (Comprobante de Pagos Recibidos de la Junta de la Jubilación Ferroviaria).

Si recibió ciertos tipos de ingreso que se informan en algunas formas de la serie 1099, usted quizás no podrá presentar la Forma 1040A ni la Forma 1040EZ. Vea las instrucciones de dichas formas para mayor información.

Forma 1099-R.   Adjunte la Forma 1099-R a su declaración si el encasillado 4 indica que se le retuvo el impuesto federal sobre el ingreso. Incluya la cantidad retenida en el total informado en la línea 64 de la Forma 1040 ó en la línea 39 de la Forma 1040A. Usted no puede utilizar la Forma 1040EZ si recibió pagos que se informan en una Forma 1099-R.

Retención adicional.   Si recibió algún ingreso que estuvo sujeto a la retención adicional de impuesto durante el 2005, incluya la cantidad retenida (según indicada en su Forma 1099) en el total informado en la línea 64 de la Forma 1040, en la línea 39 de la Forma 1040A o en la línea 7 de la Forma 1040-EZ.

Forma Incorrecta

Si usted recibe una forma que contiene información incorrecta, debería solicitarle al pagador otra que contiene la información correcta. Llame al número de teléfono o escriba a la dirección que el pagador incluyó en la forma. La Forma W-2G o la Forma 1099 corregida que reciba deberá ser marcada “Corrected” (Corregida). Se utiliza una forma especial, la Forma W-2c, Corrected Wage and Tax Statement (Comprobante de Remuneraciones e Impuestos Corregidos), en inglés, para corregir una Forma W-2 incorrecta.

Forma Recibida Después de Presentar la Declaración

Si presenta una declaración de impuestos y luego recibe una forma para ingreso que usted no informó en la declaración, tiene que informar ese ingreso y tomar crédito por cualquier impuesto retenido del mismo en la Forma 1040X, Amended U.S. Individual Income Tax Return (Declaración Enmendada del Impuesto sobre el Ingreso Personal de los EE.UU.), en inglés.

Declaraciones Separadas

Si está casado(a) pero presenta una declaración por separado, usted puede tomar crédito únicamente por el impuesto sobre el ingreso retenido de su propio ingreso. No incluya ninguna cantidad retenida del ingreso de su cónyuge. No obstante esto, pueden aplicarse ciertas reglas distintas si usted reside en un estado en el que rige la ley de la comunidad de los bienes matrimoniales (bienes gananciales).

Los estados donde rige la ley de la comunidad de los bienes matrimoniales se identifican en el capítulo 2. Vea la Publicación 555, Community Property (Comunidad de Bienes), en inglés, para más información, y algunas excepciones, al respecto.

Años Fiscales

Si presenta una declaración de impuestos a base de un año fiscal (cualquier período de 12 meses que termina el último día de un mes que no sea diciembre), usted tiene que seguir unas pautas especiales para determinar correctamente su impuesto federal sobre el ingreso retenido correspondiente a ese año fiscal. Para información sobre cómo se informa el impuesto retenido correspondiente a un año fiscal correctamente en una declaración de impuestos, vea, Fiscal Years (Años Fiscales), en el capítulo 3 de la Publicación 505, en inglés.

Impuesto Estimado

Anote todos sus pagos de impuesto estimado para el 2005 en la línea 65 de su Forma 1040 ó en la línea 40 de su Forma 1040A. Incluya cualquier impuesto pagado de más del 2004 que haya acreditado a su impuesto estimado para el 2005. Usted tiene que utilizar una Forma 1040 ó Forma 1040A si hizo pagos de impuesto estimado. No puede presentar una Forma 1040EZ en este caso.

Cambio a su nombre.    Si usted cambió su nombre e hizo pagos de impuesto estimado utilizando su nombre antiguo, adjunte un informe breve a la primera página de su declaración de impuestos explicando lo siguiente:
  • Cuándo se hicieron los pagos,

  • La cantidad de cada pago,

  • La dirección del IRS a la cual usted envió los pagos,

  • Su nombre completo cuando hizo los pagos y

  • Su número de seguro social.


El informe debe abarcar los pagos que usted hizo conjuntamente con su cónyuge, así como los que haya hecho separadamente.

Declaraciones Separadas

Si tanto usted como su cónyuge hicieron pagos de impuesto estimado por separado para el 2005 y luego presentan declaraciones separadas, puede tomar crédito únicamente por la porción de los pagos correspondiente a usted.

Si ustedes hicieron pagos de impuesto estimado conjuntamente, deberán decidir cómo van a dividir los pagos entre sus declaraciones separadas. Uno de ustedes puede reclamar todo el impuesto estimado en su declaración separada y el otro cónyuge ninguno. O pueden dividir los pagos de impuesto estimado tal como ustedes quieran. Si no pueden llegar a un acuerdo, deben entonces dividir los pagos según el impuesto informado en la declaración separada de cada cónyuge para el 2005.

Contribuyentes Divorciados

Si usted y su cónyuge hicieron pagos de impuesto estimado conjuntamente para el 2005 y se divorciaron durante ese año, uno de ustedes puede reclamar todos los pagos en su declaración separada o cada uno de ustedes puede reclamar una porción de los mismos. Si no pueden llegar a un acuerdo sobre cómo dividir los pagos, deben entonces dividirlos según el impuesto informado en la declaración separada de cada cónyuge para el 2005.

Si usted reclama alguna porción de los pagos hechos conjuntamente en su declaración separada, anote el número de seguro social (SSN) de su ex cónyuge en el espacio apropiado en la primera página de la Forma 1040 ó la Forma 1040A. Si se divorció y luego se casó de nuevo en el mismo año (2005), anote el SSN de su cónyuge actual en ese espacio y escriba el SSN del ex cónyuge, seguido de las siglas “DIV”, a la izquierda de la línea 65 de su Forma 1040 ó de la línea 40 de su Forma 1040A.

Multa por Pago Incompleto del Impuesto

Si no pagó suficiente impuesto mediante retención o pagos de impuesto estimado, usted tendrá un pago incompleto o insuficiente del impuesto y, por consiguiente, pudiera estar sujeto(a) a una multa. Por regla general, usted no tendrá que pagar una multa para el 2005 si cualesquiera de las situaciones a continuación le corresponden:

  • La suma total de su impuesto retenido y los pagos de impuesto estimado fue al menos igual a su impuesto total para el 2004 (o el 110% de su impuesto total para el 2004 si su ingreso bruto ajustado fue más de $150,000, o más de $75,000 si su estado civil para la declaración del 2005 es el de casado(a) que presenta la declaración por separado) e hizo todos los pagos de impuesto estimado a su debido tiempo.

  • El saldo debido (obligación tributaria) en su declaración es del 10% o menos de su impuesto total para el 2005 e hizo todos los pagos de impuesto estimado a su debido tiempo.

  • Su impuesto total para el 2005 menos el total de su impuesto retenido resulta en una cantidad menor de $1,000.

  • No tuvo ningún saldo debido (obligación tributaria) para el 2004.

  • No se le retuvo ningún impuesto y su obligación tributaria para el año en curso, menos cualquier impuesto por razón del empleo sobre el trabajo doméstico, es menos de $1,000.


Hay unas reglas especiales si usted es agricultor(a) o pescador(a). Vea, Farmers and Fishermen (Agricultores y Pescadores), en el capítulo 4 de la Publicación 505, en inglés.

El IRS puede calcularle la multa.    Si cree que estará sujeto(a) a pagar la multa pero no quiere calcularla usted mismo(a) al presentar su declaración de impuestos, quizás no lo tendrá que hacer. Por lo general, el IRS le calculará la multa y le enviará una factura por la cantidad que usted debe pagar. Sin embargo, usted debe llenar la Forma 2210 e incluirla al presentar su declaración de impuestos si puede bajar o eliminar la multa. Vea el capítulo 4 de la Publicación 505, en inglés.

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