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Publicación 579SP, Cómo Preparar la Declaración de Impuesto Federal 2005 Tax Year

11.   Beneficios del Seguro Social y Equivalentes de la Jubilación de Empleados Ferroviarios

Introducción

Este capítulo explica las reglas del impuesto federal sobre el ingreso para los beneficios del seguro social y equivalentes de la jubilación de empleados ferroviarios de nivel 1. Explica lo siguiente:

  • Cómo determinar si sus beneficios son tributables,

  • Cómo usar la hoja de trabajo de beneficios del seguro social (con ejemplos),

  • Cómo informar sus beneficios tributables, y

  • Cómo tratar reembolsos que son más que los beneficios que usted recibió durante el año.

Los beneficios del seguro social incluyen beneficios mensuales de sobreviviente y de incapacidad. Éstos no incluyen pagos del ingreso suplementario de seguridad (conocido por sus siglas en inglés, SSI), que no son tributables.

Los beneficios equivalentes de la jubilación de empleados ferroviarios de nivel 1 son la parte de los beneficios de nivel 1 que un(a) empleado(a) ferroviario(a) habría tenido derecho a recibir bajo el sistema del seguro social. Éstos se conocen habitualmente como la porción del beneficio equivalente del seguro social (conocido por sus siglas en inglés, SSEB) de los beneficios de nivel 1.

Si usted recibió estos beneficios durante el 2005, debería haber recibido una Forma SSA-1099, Social Security Benefit Statement (Declaración de Beneficios del Seguro Social), en inglés, o una Forma RRB-1099, Payments by the Railroad Retirement Board (Pagos Efectuados por la Junta de Jubilación Ferroviaria), en inglés, (Forma SSA-1042S Social Security Benefit Statement (Declaración de Beneficios del Seguro Social), o Forma RRB-1042S Statement for Nonresident Alien Recipients of: Payments by the Railroad Retirement Board (Declaración para Destinatarios Extranjeros no Residentes de: Pagos Efectuados por la Junta de Jubilación Ferroviaria), en inglés, si usted es un(a) extranjero(a) no residente). Estas formas muestran las cantidades recibidas y reembolsadas y los impuestos retenidos durante el año. Tal vez reciba más de una de estas formas para el mismo año. Usted debe sumar todas las cantidades que aparecen en todas las formas que recibe para el año para determinar las cantidades “totales” recibidas y reembolsadas, y los impuestos retenidos durante ese año. Consulte el Appendix (Apéndice) al final de la Publicación 915, Social Security and Equivalent Railroad Retirement Benefits (Beneficios del Seguro Social y Equivalentes de Jubilación de Empleados Ferroviarios), en inglés, para obtener más información.

Aviso:

El uso del término “beneficios” en este capítulo corresponde tanto a los beneficios del seguro social como a la porción del SSEB de los beneficios de jubilación de empleados ferroviarios de nivel 1.

Lo que no aborda este capítulo.   Este capítulo no cubre las reglas tributarias para los siguientes beneficios de jubilación de empleados ferroviarios:
  • Porción del beneficio no equivalente al seguro social (conocido por sus siglas en inglés, NSSEB) de los beneficios de nivel 1,

  • Beneficios de nivel 2,

  • Beneficios dobles conferidos y

  • Beneficios suplementarios de anualidad.

Para obtener información acerca de estos beneficios, consulte la Publicación 575, Pension and Annuity Income (Ingreso de Pensión o Anualidad).

  Este capítulo tampoco cubre las reglas tributarias para los beneficios extranjeros del seguro social. Estos beneficios son tributables como anualidades, a menos que estén exentos de impuestos estadounidenses o tratados como un beneficio del seguro social estadounidense bajo un tratado tributario.

Artículos de interés - A usted quizá le interese ver:

Publicación

  • 575 Pension and Annuity Income (Ingreso de Pensión o Anualidad), en inglés

  • 590 Individual Retirement Arrangements (IRAs) (Arreglos Individuales de Ahorro para la Jubilación (Cuentas IRA)), en inglés

  • 915 Social Security and Equivalent Railroad Retirement Benefits (Beneficios del Seguro Social y Equivalentes de Jubilación de Empleados Ferroviarios), en inglés

Formas (e Instrucciones)

  • 1040-ES
    Estimated Tax for Individuals (Impuesto Estimado para Personas Físicas), en inglés

  • W-4V
    Voluntary Withholding Request (Solicitud de Retención Voluntaria), en inglés

¿Es Tributable Alguno de sus Beneficios?

Para saber si alguno de sus beneficios puede ser tributable, compare la cantidad base de su estado civil para efectos de la declaración con el total de:

  1. La mitad de sus beneficios, más

  2. Todos sus otros ingresos, incluidos los intereses exentos de impuestos.

Al hacer esta comparación, no reste de sus otros ingresos ninguna exclusión por:

  • Intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados,

  • Beneficios de adopción proporcionados por el (la) empleador(a) o patrono(a),

  • Ingreso ganado en el extranjero o vivienda en el extranjero, o

  • Ingreso ganado por residentes efectivos de la Samoa Estadounidense o Puerto Rico.

Cómo calcular el ingreso total.   Para calcular el total de la mitad de sus beneficios más sus otros ingresos, use la hoja de trabajo que aparece más adelante en esta discusión. Si el total es mayor que su cantidad base, parte de sus beneficios puede ser tributable.

   Si es casado(a) y presenta una declaración conjunta para el 2005, usted y su cónyuge deben combinar sus ingresos y beneficios para calcular si alguno de sus beneficios combinados es tributable. Aun si su cónyuge no recibió ningún beneficio, usted debe sumar el ingreso de su cónyuge al suyo para calcular si alguno de sus beneficios es tributable.

  
Consejo
Si el único ingreso que usted recibió durante el 2005 fue su seguro social o la porción del SSEB de los beneficios de jubilación de empleados ferroviarios de nivel 1, sus beneficios no son generalmente tributables y probablemente no tenga que presentar una declaración. Si tiene un ingreso además de sus beneficios, tal vez usted tenga que presentar una declaración aun si ninguno de sus beneficios es tributable.

Cantidad base.   Su cantidad base es:
  • $25,000 si es soltero(a), cabeza de familia o viudo(a) calificado(a),

  • $25,000 si es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005,

  • $32,000 si es casado(a) que presenta una declaración conjunta, o

  • $-0- si es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento durante el 2005.

Llenar esta hoja de trabajo
Hoja de trabajo Usted puede usar la siguiente hoja de trabajo para calcular la cantidad de ingreso para comparar con su cantidad base. Ésta es una manera rápida para averiguar si algunos de sus beneficios pudieran ser tributables.

A. Anote la cantidad del encasillado 5 de todas sus Formas SSA-1099 y RRB-1099. Incluya la cantidad completa de cualquier pago de beneficio de suma global recibido en el 2005, para el 2005 y años anteriores. (Si recibió más de una forma, combine las cantidades del encasillado 5 y anote el total.) A.  
Aviso: Si la cantidad de la línea A es cero o menos, deténgase aquí; ninguno de sus beneficios es tributable este año.
B. Anote la mitad de la cantidad de la línea A B.  
C. Anote sus pensiones tributables, salarios, intereses, dividendos y otros ingresos tributables C.  
D. Anote cualquier ingreso de intereses exentos de impuestos (como intereses de bonos municipales) más cualquier exclusión del ingreso (que aparecen más atrás). D.  
E. Sume las líneas B, C y D E.  
Aviso: Compare la cantidad de la línea E con su cantidad base para su estado civil para efectos de la declaración. Si la cantidad de la línea E es igual o menor que la cantidad base para su estado civil para efectos de la declaración, ninguno de sus beneficios es tributable este año. Si la cantidad de la línea E es mayor que su cantidad base, algunos de sus beneficios puedieran ser tributables. Usted debe completar la Hoja de Trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, (o la Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social del folleto de instrucciones de su forma de impuestos).

Ejemplo 11. .1. Ejemplo.

Usted y su cónyuge (ambos mayores de 65 años de edad) presentan una declaración conjunta para el 2005 y ambos recibieron beneficios del seguro social durante el año. En enero del 2006, usted recibió una Forma SSA-1099 que muestra beneficios netos de $7,500 en el encasillado 5. Su cónyuge recibió una Forma SSA-1099 que muestra beneficios netos de $3,500 en el encasillado 5. Además, usted recibió una pensión tributable de $19,000 e ingreso de intereses de $500. Usted no tuvo ningún ingreso de intereses exentos de impuestos. Sus beneficios no son tributables para el 2005 debido a que su ingreso, según lo calculado en la siguiente hoja de trabajo, no es mayor que su cantidad base ($32,000) para casado(a) que presenta una declaración conjunta.

Aunque ninguno de sus beneficios es tributable, usted debe presentar una declaración para el 2005 debido a que su ingreso bruto tributable ($19,500) excede de la cantidad mínima requerida para la presentación de declaración para su estado civil para efectos de la declaración.

A. Anote la cantidad del encasillado 5 de todas sus Formas SSA-1099 y RRB-1099. Incluya la cantidad completa de cualquier pago de beneficio de suma global recibido en el 2005, por el 2005 y años anteriores. (Si recibió más de una forma, combine las cantidades del encasillado 5 y anote el total.) A. $ 11,000
Aviso: Si la cantidad de la línea A es cero o menos, deténgase aquí; ninguno de sus beneficios es tributable este año.
B. Anote la mitad de la cantidad de la línea A B. 5,500
C. Anote sus pensiones tributables, salarios, intereses, dividendos y otros ingresos tributables C. 19,500
D. Anote cualquier ingreso de intereses exentos de impuestos (como intereses de bonos municipales) más cualquier exclusión del ingreso (que aparecen más atrás). D. -0-
E. Sume las líneas B, C y D E. $25,000
Aviso: Compare la cantidad de la línea E con su cantidad base para su estado civil para efectos de la declaración. Si la cantidad de la línea E es igual o menor que la cantidad base para su estado civil para efectos de la declaración, ninguno de sus beneficios es tributable este año. Si la cantidad de la línea E es mayor que su cantidad base, algunos de sus beneficios pudieran ser tributables. Usted debe completar la Hoja de Trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, (o la Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social del folleto de instrucciones de su forma de impuestos).

Quién tributa.   La persona que tiene el derecho legal a recibir los beneficios debe determinar si los beneficios son tributables. Por ejemplo, si usted y su hijo(a) reciben beneficios, pero el cheque de su hijo(a) se llena a su nombre (el de usted), sólo debe usar parte de los beneficios para saber si alguno es tributable para usted. La mitad de la parte que pertenece a su hijo(a) debe sumarse a los otros ingresos de su hijo(a) para saber si alguno de esos beneficios es tributable para su hijo(a).

Reembolso de beneficios.   Cualquier reembolso de beneficios que usted hizo durante el 2005 debe restarse de los beneficios brutos que recibió en el 2005. No importa si el reembolso fue por un beneficio que recibió en el 2005 ó en un año anterior. Si su reembolso fue mayor que los beneficios brutos que recibió en el 2005, consulte Reembolsos Mayores que Beneficios Brutos, más adelante.

  Sus beneficios brutos aparecen en el encasillado 3 de la Forma SSA-1099 ó RRB-1099. Sus reembolsos aparecen en el encasillado 4. La cantidad del encasillado 5 muestra sus beneficios netos para el 2005 (encasillado 3 menos encasillado 4). Use la cantidad del encasillado 5 para calcular si alguno de sus beneficios es tributable.

Retención de impuestos e impuesto estimado.   Usted puede optar por que se haga la retención del impuesto federal sobre el ingreso de sus beneficios del seguro social y/o de la porción del SSEB de sus beneficios de jubilación de empelados ferroviarios de nivel 1. Si opta por hacerlo, usted debe completar una Forma W-4V. Usted puede optar por retener al 7%, 10%, 15% ó 25% de su pago total de beneficios.

  Si opta por no hacer la retención del impuesto sobre el ingreso, tal vez tenga que solicitar la retención adicional de otros ingresos o pagar impuesto estimado durante el año. Para más detalles, obtenga la Publicación 505, Tax Withholding and Estimated Tax (Retención de Impuestos e Impuesto Estimado), o las instrucciones para la Forma 1040-ES, ambas en inglés.

Cómo Informar Sus Beneficios

Si parte de sus beneficios es tributable, usted debe usar la Forma 1040 ó la Forma 1040A. No puede usar la Forma 1040EZ.

Cómo informar en la Forma 1040.   Informe sus beneficios netos (la cantidad del encasillado 5 de su Forma SSA-1099 ó su Forma RRB-1099) en la línea 20a y la parte tributable en la línea 20b . Si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote también “D” a la derecha de la palabra “benefits” (“beneficios”) en la línea 20a .

Cómo informar en la Forma 1040A.   Informe sus beneficios netos (la cantidad del encasillado 5 de su Forma SSA-1099 ó su Forma RRB-1099) en la línea 14a y la parte tributable en la línea 14b . Si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote también “D” a la derecha de la palabra “benefits” (“beneficios”) en la línea 14a .

Beneficios no tributables.   Si ninguno de sus beneficios es tributable, no informe ninguno en su declaración de impuestos. Pero si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote lo siguiente. En la Forma 1040, anote “D” a la derecha de la palabra “benefits” (“beneficios”) en la línea 20a y “-0-” en la línea 20b . En la Forma 1040A, anote “D” a la derecha de la palabra “benefits” (“beneficios”) en la línea 14a y “-0-” en la línea 14b .

¿Cuánto Es Tributable?

Si parte de sus beneficios es tributable, la cantidad que es tributable depende de la cantidad total de sus beneficios y otros ingresos. Generalmente, mientras más alta es esa cantidad total, mayor es la parte tributable de sus beneficios.

Máxima parte tributable.   Generalmente, hasta el 50% de sus beneficios será tributable. Sin embargo, hasta el 85% de sus beneficios puede ser tributable si cualquiera de las siguientes situaciones corresponde a su caso.
  • El total de la mitad de sus beneficios más todos sus otros ingresos es mayor que $34,000 ($44,000 si es casado(a) que presenta una declaración conjunta).

  • Usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento durante el 2005.

Qué hoja de trabajo usar.   En las instrucciones para su Forma 1040 ó su Forma 1040A hay una hoja de trabajo para calcular sus beneficios tributables. Usted puede usar esa hoja de trabajo o la Hoja de trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, a menos que alguna de las siguientes situaciones corresponda a su caso.
  1. Usted aportó a un arreglo individual de ahorro para la jubilación (conocido por sus siglas en inglés, IRA) tradicional y usted o su cónyuge está cubierto(a) por un plan de jubilación en el trabajo. En esta situación usted debe usar las hojas de trabajo especiales del Apéndice B de la Publicación 590, en inglés, para calcular su deducción por una cuenta IRA y sus beneficios tributables.

  2. La situación (1) no corresponde y usted reclama una exclusión por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (Forma 8815), por beneficios de adopción (Forma 8839), por ingreso ganado en el extranjero o vivienda en el extranjero (Forma 2555 ó Forma 2555-EZ), o por ingreso ganado en la Samoa Estadounidense (Forma 4563) o Puerto Rico por residentes efectivos. En esta situación, usted debe usar la Hoja de Trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, para calcular sus beneficios tributables.

  3. Usted recibió un pago de suma global por un año anterior. En esta situación, complete además la Hoja de Trabajo 2 ó 3 y la Hoja de trabajo 4 de la Publicación 915, en inglés. Consulte Elección de suma global.

Elección de suma global.   Usted debe incluir la parte tributable de un pago de suma global (retroactiva) de beneficios recibidos en el 2005 en sus ingresos del 2005, aun si el pago incluye beneficios de un año anterior.

  
Consejo
Este tipo de pago de beneficio de suma global no debe confundirse con el beneficio de suma global por muerte que la SSA y el RRB pagan a muchos de sus beneficiarios. Ninguna parte del beneficio de suma global por muerte está sujeta a impuestos.

  Generalmente, usted usa su ingreso del 2005 para calcular la parte tributable del total de beneficios recibido en el 2005. Sin embargo, tal vez pueda calcular la parte tributable de un pago de suma global de un año anterior por separado, mediante el uso de su ingreso de ese año anterior. Usted puede optar por este método si el mismo baja sus beneficios tributables.

Cómo realizar la elección.   Si usted recibió un pago de beneficio de suma global en el 2005 que incluye beneficios de uno o más años anteriores, siga las instrucciones de la Publicación 915, en inglés, bajo, Lump-Sum Election (Elección de Suma Global) para saber si realizar la elección reducirá sus beneficios tributables. Ese análisis también explica cómo realizar la elección.

  
Precaución
Debido a que los beneficios tributables de ese año anterior se incluyen en su ingreso del 2005, no es necesario realizar ningún ajuste en la declaración de ese año anterior. No presente una declaración enmendada para ese año anterior.

Ejemplos

Los siguientes son algunos ejemplos que usted puede usar como guía para calcular la parte tributable de sus beneficios.

Ejemplo 11. .2. Ejemplo 1.

Jorge Blanco es soltero y presenta la Forma 1040 para el 2005. Jorge recibió los siguientes ingresos en el 2005:

Pensión íntegramente tributable $18,600
Salarios de trabajo a tiempo parcial 9,400
Ingreso de intereses tributables 990
Total $28,990

Jorge recibió además beneficios del seguro social durante el 2005. La Forma SSA-1099 que recibió en enero del 2006 muestra $5,980 en el encasillado 5. Para calcular sus beneficios tributables, Jorge completa la hoja de trabajo que aparece aquí.

Hoja de Trabajo 1. Cómo Calcular sus Beneficios Tributables
1. Anote la cantidad total del encasillado 5 de TODAS sus Formas SSA-1099 y RRB-1099. $5,980
Aviso: Si la línea 1 es cero o menos, deténgase aquí; ninguno de sus beneficios es tributable. De lo contrario, pase a la línea 2 .  
2. Anote la mitad de la línea 1. 2,990
3. Anote el total de las cantidades de:  
  Forma 1040: Líneas 7, 8a, 8b, 9a, 10 a 14, 15b, 16b, 17 a 19, y 21.  
  Forma 1040A: Líneas 7, 8a, 8b, 9a, 10, 11b, 12b, y 13 28,990
4. Declarantes que presentan la Forma 1040: Anote el total de cualquier exclusión/ajuste por:  
  • Intereses sobre los
Bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 de la Forma 8815),
 
  • Beneficios de adopción (línea
30 de la Forma 8839),
 
  • Ingreso ganado en el extranjero o vivienda en el extranjero
(líneas 43 y 48 de la Forma 2555 ó línea 18 de la
Forma 2555-EZ) y
 
  • Ciertos ingresos de residentes efectivos
de la Samoa
Estadounidense (línea 15 de la Forma 4563)
o Puerto Rico
 
  Declarantes que presentan la Forma 1040A: Anote el total de cualquier exclusión por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 de la Forma 8815) o por beneficios de adopción (línea 30 de la Forma 8839). -0-
5. Sume las líneas 2 , 3 y 4 . 31,980
6. Declarantes que presentan la Forma 1040: Anote la cantidad de la línea 36 de la Forma 1040, menos cualquier cantidad de las líneas 33 y 34 de la Forma 1040.  
  Declarantes que presentan la Forma 1040A: Anote la cantidad de la línea 20 de la Forma 1040A, menos cualquier cantidad de las líneas 18 y 19 de la Forma 1040A. -0-
7. ¿Es la cantidad de la línea 6 menor que la cantidad de la línea 5 ?  
  No.
No siga
Ninguno de sus beneficios del seguro social es tributable.
  Sí.Reste la línea 6 de la línea 5 31,980
8. Si usted es:
  • Casado(a) que presenta una declaración conjunta, anote $32,000.

  • Soltero(a), cabeza de familia, viudo(a) calificado(a) o casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote $25,000.

.
25,000
  Aviso: Si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento del 2005, omita las líneas de la 8 a la 15 ; multiplique la línea 7 por el 85% (.85) y anote el resultado en la línea 16 . Luego, pase a la línea 17 .  
9. ¿Es la cantidad de la línea 8 menor que la cantidad de la línea 7 ?  
   
  No.
No siga
Ninguno de sus beneficios es tributable. No anote ninguna cantidad en la línea 20a ó 20b de la Forma 1040 ni en la línea 14a ó 14b de la Forma 1040A. Pero si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote -0- en la línea 20b de la Forma 1040 ó en la línea 14b de la Forma 1040A.
 
  Sí.Reste la línea 8 de la línea 7 . 6,980
10. Anote $12,000 si es casado(a) que presenta una declaración conjunta; $9,000 si es soltero(a), cabeza de familia, viudo(a) calificado(a) o casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005 9,000
11. Reste la línea 10 de la línea 9 . Si el resultado es cero o menos, anote -0-. -0-
12. Anote la que sea menor entre las líneas 9 y 10. 6,980
     
13. Anote la mitad de la línea 12 . 3,490
14. Anote la que sea menor entre las líneas 2 y 13. 2,990
15. Multiplique la línea 11 por el 85% (.85). Si la línea 11 es cero, anote -0-. -0-
16. Sume las líneas 14 y 15 . 2,990
17. Multiplique la línea 1 por el 85% (.85). 5,083
18. Beneficios tributables. Anote la que sea menor entre las líneas 16 y 17 . $2,990
  • Anote la cantidad de la línea 1 arriba
en la línea 20a de la Forma 1040 ó en la línea 14a de la Forma 1040A.
 
  • Anote la cantidad de la línea 18 arriba
en la línea 20b de la Forma 1040 ó en la línea 14b de la Forma 1040A.
 

La cantidad de la línea 18 de la hoja de trabajo de Jorge muestra que $2,990 de sus beneficios del seguro social son tributables. En la línea 20a de su Forma 1040, Jorge anota sus beneficios netos de $5,980. En la línea 20b , él anota sus beneficios tributables de $2,990.

Ejemplo 11. .3. Ejemplo 2.

Raimundo y Alicia García presentan una declaración conjunta en la Forma 1040A para el 2005. Raimundo se jubiló y recibió una pensión íntegramente tributable de $15,500. Además, recibió beneficios del seguro social y su Forma SSA-1099 para el 2004 muestra beneficios netos de $5,600 en el encasillado 5. Alicia trabajó durante el año y tuvo salarios de $14,000. Ella realizó un pago deducible en su cuenta IRA de $1,000. Raimundo y Alicia tienen dos cuentas de ahorros con un total de $250 de ingresos de intereses. Ellos completan la Hoja de Trabajo 1 y descubren que ninguno de los beneficios del seguro social de Raimundo es tributable. Ellos dejan en blanco las líneas 14a y 14b de su Forma 1040A.

Hoja de Trabajo 1. Cómo Calcular sus Beneficios Tributables
1. Anote la cantidad total del encasillado 5 de TODAS sus Formas SSA-1099 y RRB-1099. $5,600
Aviso. Si la línea 1 es cero o menos, deténgase aquí; ninguno de sus beneficios es tributable. De lo contrario, pase a la línea 2.  
2. Anote la mitad de la línea 1 2,800
3. Anote el total de las cantidades de:  
  Forma 1040: Líneas 7, 8a, 8b, 9a, 10 a 14, 15b, 16b, 17 a 19, y 21.  
  Forma 1040A: Líneas 7, 8a, 8b, 9a, 10, 11b, 12b, y 13 29,750
4. Declarantes que presentan la Forma 1040: Anote el total de cualquier exclusión/ajuste por:  
  • Intereses sobre los
Bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 de la Forma 8815),
 
  • Beneficios de adopción (línea
30 de la Forma 8839),
 
  • Ingreso ganado en el extranjero o vivienda en el extranjero
(líneas 43 y 48 de la Forma 2555 ó línea 18 de la
Forma 2555-EZ) y
 
  • Ciertos ingresos de residentes
efectivos de Samoa
Estadounidense (línea 15 de la Forma 4563)
o Puerto Rico
 
  Declarantes que presentan la Forma 1040A: Anote el total de cualquier exclusión por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 de la Forma 8815) o por beneficios de adopción (línea 30 de la Forma 8839). -0-
5. Sume las líneas 2 , 3 y 4 . 32,550
6. Declarantes que presentan la Forma 1040: Anote la cantidad de la línea 36 de la Forma 1040, menos cualquier cantidad de las líneas 33 y 34 de la Forma 1040.  
  Declarantes que presentan la Forma 1040A: Anote la cantidad de la línea 20 de la Forma 1040A, menos cualquier cantidad de las líneas 18 y 19 de la Forma 1040A. 1,000
7. ¿Es la cantidad de la línea 6 menor que la cantidad de la línea 5 ?  
  No.
No siga
Ninguno de sus beneficios es tributable.
  Sí.Reste la línea 6 de la línea 5 31,550
8. Si usted es:
  • Casado(a) que presenta una declaración conjunta, anote $32,000.

  • Soltero(a), cabeza de familia, viudo(a) calificado(a) o casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote $25,000.

32,000
  Aviso.Si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento del 2005, omita las líneas de la 8 a la 15 ; multiplique la línea 7 por el 85% (.85) y anote el resultado en la línea 16 . Luego, pase a la línea 17 .  
9. ¿Es la cantidad de la línea 8 menor que la cantidad de la línea 7 ?  
  No.
No siga
Ninguno de sus beneficios es tributable. No anote ninguna cantidad en la línea 20a ó 20b de la Forma 1040 ni en línea 14a ó 14b de la Forma 1040A. Pero si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote -0- en la línea 20b de la Forma 1040 ó en la línea 14b de la Forma 1040A.
 
  Sí.Reste la línea 8 de la línea 7 .  
10. Anote $12,000 si es casado(a) que presenta una declaración conjunta; $9,000 si es soltero(a), cabeza de familia, viudo(a) calificado(a) o casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005.  
11. Reste la línea 10 de la línea 9 . Si el resultado es cero o menos, anote -0-.  
12. Anote la que sea menor entre las líneas 9 y 10  
13. Anote la mitad de la línea 12  
14. Anote la que sea menor entre las líneas 2 y 13  
15. Multiplique la línea 11 por el 85% (.85). Si la línea 11 es cero, anote -0-.  
16. Sume las líneas 14 y 15 .  
17. Multiplique la línea 1 por el 85% (.85).  
18. Beneficios tributables. Anote la que sea menor entre las líneas 16 y 17 .  
  • Anote la cantidad de la línea 1 arriba
en la línea 20a de la Forma 1040 ó en la línea 14a de la Forma 1040A.
 
  • Anote la cantidad de la línea 18 arriba
en la línea 20b de la Forma 1040 ó en la línea 14b de la Forma 1040A.
 

Ejemplo 11. .4. Ejemplo 3.

José y Beatriz Pérez presentan una declaración conjunta en la Forma 1040 del 2005. José es un empleado ferroviario jubilado y en el 2005 recibió la porción del beneficio equivalente del seguro social (conocido por sus siglas en inglés, SSEB) de los beneficios de jubilación de empleados ferroviarios de nivel 1. La Forma RRB-1099 de José muestra $10,000 en el encasillado 5. Beatriz es una empleada pública jubilada y recibe una pensión íntegramente tributable de $38,000. Ellos tuvieron $2,300 de ingresos de intereses más $200 de intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados. Los intereses sobre bonos de ahorros calificaron para la exclusión. Por lo tanto, tienen un ingreso total de $40,300 ($38,000 + $2,300). Ellos calculan sus beneficios tributables al completar la Hoja de Trabajo 1.

Hoja de Trabajo 1. Cómo Calcular sus Beneficios Tributables
1. Anote la cantidad total del encasillado 5 de TODAS sus Formas SSA-1099 y RRB-1099. $10,000
Aviso. Si la línea 1 es cero o menos, deténgase aquí; ninguno de sus beneficios es tributable. De lo contrario, pase a la línea 2.  
2. Anote la mitad de la línea 1 5,000
3. Anote el total de las cantidades de:  
  Forma 1040: Líneas 7, 8a, 8b, 9a, 10 a 14, 15b, 16b, 17 a 19, y 21.  
  Forma 1040A: Líneas 7, 8a, 8b, 9a, 10, 11b, 12b, y 13 40,300
4. Declarantes que presentan la Forma 1040: Anote el total de cualquier exclusión/ajuste por:  
  • Intereses sobre los
Bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 de la Forma 8815),
 
  • Beneficios de adopción (línea
30 de la Forma 8839),
 
  • Ingreso ganado en el extranjero o vivienda en el extranjero
(líneas 43 y 48 de la Forma 2555 ó línea 18 de la
Forma 2555-EZ, ) y
 
  • Ciertos ingresos de residentes
efectivos de la Samoa
Estadounidense (línea 15 de la Forma 4563)
o Puerto Rico
 
  Declarantes que presentan la Forma 1040A: Anote el total de cualesquier exclusiónes por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 de la Forma 8815) o por beneficios de adopción (línea 30 de la Forma 8839). 200
5. Sume las líneas 2 , 3 y 4 . 45,500
6. Declarantes que presentan la Forma 1040: Anote la cantidad de la línea 36 de la Forma 1040, menos cualquier cantidad de las líneas 33 y 34 de la Forma 1040.  
  Declarantes que presentan la Forma 1040A: Anote la cantidad de la línea 20 de la Forma 1040A, menos cualquier cantidad de las líneas 18 y 19 de la Forma 1040A. -0-
7. ¿Es la cantidad de la línea 6 menor que la cantidad de la línea 5 ?  
  No.
No siga
Ninguno de sus beneficios es tributable.
  Sí.Reste la línea 6 de la línea 5 45,500
8. Si usted es:
  • Casado(a) que presenta una declaración conjunta, anote $32,000.

  • Soltero(a), cabeza de familia, viudo(a) calificado(a) o casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote $25,000.

32,000
  Aviso. Si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento del 2005, omita las líneas de la 8 a la 15 ; multiplique la línea 7 por el 85% (.85) y anote el resultado en la línea 16 . Luego, pase a la línea 17 .  
9. ¿Es la cantidad de la línea 8 menor que la cantidad de la línea 7 ?  
  No.
No siga
Ninguno de sus beneficios es tributable. No anote ninguna cantidad en la línea 20a ó 20b de la Forma 1040 ni en la línea 14a ó 14b de la Forma 1040A. Pero si usted es casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005, anote -0- en la línea 20b de la Forma 1040 ó en la línea 14b de la Forma 1040A.
 
  Sí.Reste la línea 8 de la línea 7 . 13,500
10. Anote $12,000 si es casado(a) que presenta una declaración conjunta; $9,000 si es soltero(a), cabeza de familia, viudo(a) calificado(a) o casado(a) que presenta una declaración por separado y vivió separado(a) de su cónyuge durante todo el 2005. 12,000
11. Reste la línea 10 de la línea 9 . Si el resultado es cero o menos, anote -0-. 1,500
12. Anote la que sea menor entre las líneas 9 y 10. 12,000
   
13. Anote la mitad de la línea 12 . 6,000
14. Anote la que sea menor entre las líneas 2 y 13. 5,000
15. Multiplique la línea 11 por el 85% (.85). Si la línea 11 es cero, anote -0-. 1,275
16. Sume las líneas 14 y 15 . 6,275
17. Multiplique la línea 1 por el 85% (.85). 8,500
18. Beneficios tributables. Anote la que sea menor entre las líneas 16 y 17 . $6,275
  • Anote la cantidad de la línea 1 anterior
en la línea 20a de la Forma 1040 ó en la línea 14a de la Forma 1040A.
 
  • Anote la cantidad de la línea 18 anterior
en la línea 20b de la Forma 1040 ó en la línea 14b de la Forma 1040A.
 

Más del 50% de los beneficios netos de José son tributables debido a que el ingreso de la línea 7 de la hoja de trabajo ($45,500) es mayor que $44,000. José y Beatriz anotan $10,000 en la línea 20a de la Forma 1040 y $6,275 en la línea 20b de la Forma 1040.

Deducciones Relacionadas con Sus Beneficios

Tal vez tenga derecho a deducir ciertas cantidades relacionadas con los beneficios que usted recibe.

Pagos por incapacidad.   Tal vez haya recibido pagos por incapacidad de su empleador(a) o patrono(a) o de una compañía de seguros que usted incluyó como ingreso en su declaración de impuestos de algún año anterior. Si recibió un pago de suma global de la SSA o del RRB, y tuvo que reembolsar al (la) empleador(a) o patrono(a) o compañía de seguros los pagos por incapacidad, usted puede reclamar una deducción detallada por la parte de los pagos que incluyó en el ingreso bruto de ese año anterior. Si la cantidad que reembolsa es mayor que $3,000, tal vez usted pueda reclamar un crédito tributario en su lugar. Reclame la deducción o crédito de la misma manera que se explica bajo Reembolsos Mayores que Beneficios Brutos, más adelante.

Gastos legales.   Usualmente, usted puede deducir gastos legales que paga o realiza para producir o cobrar ingresos tributables o en relación con la determinación, cobro o reembolso de cualquier impuesto.

  Los gastos legales por el cobro de la parte tributable de sus beneficios son deducibles como una deducción miscelánea detallada en la línea 22 del Anexo A (Forma 1040).

Reembolsos Mayores que Beneficios Brutos

En algunas situaciones, su Forma SSA-1099 ó su Forma RRB-1099 mostrará que el total de beneficios que usted reembolsó (encasillado 4) es mayor que los beneficios brutos (encasillado 3) que recibió. Si esto ocurrió, sus beneficios netos del encasillado 5 serán una cifra negativa (una cifra entre paréntesis) y ninguno de sus beneficios será tributable. Si usted recibe más de una forma, una cifra negativa en el encasillado 5 de una forma se usa para compensar una cifra positiva en el encasillado 5 de otra forma para ese mismo año.

Si tiene cualquier duda acerca de esta cifra negativa, comuníquese con su oficina local de la SSA o su oficina local estadounidense del RRB.

Declaración conjunta.   Si usted y su cónyuge presentan una declaración conjunta, y su Forma SSA-1099 ó RRB-1099 tiene una cifra negativa en el encasillado 5, pero la de su cónyuge no, reste la cantidad del encasillado 5 de su forma de la cantidad del encasillado 5 de la forma de su cónyuge. Usted hace esto para obtener sus beneficios netos al calcular si sus beneficios combinados son tributables.

Ejemplo 11. .5. Ejemplo.

Juan y María presentan una declaración conjunta para el 2005. Juan recibió la Forma SSA-1099 que muestra $3,000 en el encasillado 5. María también recibió la Forma SSA-1099 y la cantidad en el encasillado 5 fue ($500). Juan y María usarán $2,500 ($3,000 menos $500) como la cantidad de sus beneficios netos al calcular si alguno de sus beneficios combinados es tributable.

Reembolso de beneficios recibidos en un año anterior.   Si la cantidad total que aparece en el encasillado 5 de todas sus Formas SSA-1099 y RRB-1099 es una cifra negativa, usted puede reclamar una deducción detallada para la parte de esta cifra negativa que representa los beneficios que usted incluyó en el ingreso bruto de un año anterior.

  Deducción de $3,000 ó menos. Si esta deducción es de $3,000 ó menos, está sujeta al límite del 2% del ingreso bruto ajustado que corresponde a ciertas deducciones misceláneas detalladas. Reclámela en la línea 22 del Anexo A (Forma 1040).

   Deducción de mayor de $3,000. Si esta deducción es mayor de $3,000, usted debería calcular su impuesto de dos maneras:
  1. Calcule su impuesto para el 2005 con la deducción detallada incluida en la línea 27 del Anexo A.

  2. Calcule su impuesto para el 2005 en los pasos siguientes.

    1. Calcule el impuesto sin la deducción detallada incluida en la línea 27 del Anexo A.

    2. Para cada año después de 1983 para el cual una parte de la cifra negativa representa un reembolso de beneficios, vuelva a calcular sus beneficios tributables como si el total de sus beneficios para el año hubiera sido reducido por aquella parte de la cifra negativa. Luego, vuelva a calcular el impuesto para ese año.

    3. Reste el total de las cantidades de impuestos recalculadas en (b) del total de sus cantidades de impuestos reales.

    4. Reste el resultado en (c) del resultado en (a).

Compare el impuesto calculado con los métodos (1) y (2). Su impuesto para el 2005 es la menor entre las dos cantidades. Si el método (1) genera menos impuesto, reclame la deducción detallada en la línea 27 del Anexo A (Forma 1040). Si el método (2) genera menos impuesto, reclame un crédito por la cantidad del paso 2(c), que se ve arriba, en la línea 70 de la Forma 1040 y escriba “I.R.C. 1341” en el margen a la izquierda de la línea 70 . Si ambos métodos generan el mismo impuesto, deduzca el reembolso de la línea 27 del Anexo A (Forma 1040).

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