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Publicación 596SP, Crédito por Ingreso del Trabajo 2005 Tax Year

Chapter 5.   Denegación del Crédito por Ingreso del Trabajo

Si su crédito por ingreso del trabajo en cualquier año después de 1996 le fue denegado o reducido por el IRS , usted pudiera tener que llenar una forma adicional para poder reclamar el crédito del año 2005.

Este capítulo es para aquellas personas cuyo crédito por ingreso del trabajo en cualquier año después de 1996 le fue denegado o reducido por el IRS. Si esto le aplica a usted, pudiera tener que llenar la Forma 8862, Information To Claim Earned Income Credit After Disallowance (Información para reclamar el crédito por ingreso del trabajo después de haber sido denegado), en inglés, y adjuntarla a su declaración del año 2005 para reclamar el crédito para el 2005. En este capítulo se explica cuándo usted tiene que adjuntar la Forma 8862. Para obtener más información, vea la Forma 8862 y sus instrucciones.

En este capítulo se explican también las reglas para ciertas personas que no pueden reclamar el crédito por ingreso del trabajo durante un período de años después de que el crédito les fue denegado o reducido.

Forma 8862

Si su crédito por ingreso del trabajo en cualquier año después de 1996 le fue denegado o reducido por cualquier razón que no sea la de un error matemático o humano, usted deberá adjuntar una Forma 8862 llenada a su próxima declaración de impuestos para reclamar el crédito. También deberá cumplir con todas las reglas descritas en esta publicación para calificar para el crédito por ingreso del trabajo (conocido por sus siglas en inglés, EIC).

Sin embargo, no presente la Forma 8862 si la partida (1) o (2) a continuación aplica:

  1. Después de que su EIC fue reducido o denegado en un año anterior:

    1. Usted presentó la Forma 8862 en un año posterior y su EIC para ese año posterior entonces fue permitido y

    2. Su EIC no ha sido reducido o denegado nuevamente por cualquier motivo que no sea por error matemático o humano.

  2. Usted está reclamando el EIC sin un(a) hijo(a) calificado(a) para el 2005 y la única razón que su crédito fue reducido o denegado en un año anterior fue porque el IRS determinó que un(a) hijo(a) listado(a) en el Anexo EIC no era su hijo(a) calificado(a).

Además, no presente la Forma 8862 ni reclame el EIC por:

  • Dos años después de que hubiera una determinación final de que su reclamo del EIC fue debido a descuido intencional o temeridad a las reglas del EIC o

  • Diez años después de que hubiera una determinación final de que su reclamo del EIC fue debido a fraude.

Para más detalles, vea, ¿Se le ha prohibido a usted reclamar el crédito por ingreso del trabajo por un período de años?, en este capítulo.

La fecha en que se le denegó el EIC y la fecha en que usted presenta su declaración del año 2005 determinarán si usted tiene que adjuntar la Forma 8862 a su declaración de impuestos del año 2005 ó a una declaración posterior. Los siguientes ejemplos muestran si la Forma 8862 se necesita en el año 2005 ó 2006.

Ejemplo Chapter 5. .1. Ejemplo 1.

Usted reclamó el EIC usando un(a) hijo(a) calificado(a) en su declaración de impuestos del 2004 que presentó en marzo del año 2005. El IRS objetó su reclamación del EIC y usted no pudo probar que el(la) hijo(a) era un(a) hijo(a) calificado(a). En septiembre del año 2005 recibió una notificación estatutaria de deficiencia informándole que se le impondrían impuestos y se le haría un ajuste a su cuenta, a menos que usted presentara una petición ante el Tribunal Tributario dentro de 90 días. Usted no tomó acción sobre esta notificación dentro de los 90 días. Por lo tanto, su EIC fue denegado en diciembre del año 2005. Para reclamar el EIC con un(a) hijo(a) calificado(a) en su declaración del año 2005, deberá llenar y adjuntar la Forma 8862 a su declaración de impuestos. Sin embargo, para reclamar el EIC sin un(a) hijo(a) calificado(a) en su declaración de impuestos del año 2005, no necesita presentar la Forma 8862.

Ejemplo Chapter 5. .2. Ejemplo 2.

Los datos son los mismos que en el Ejemplo 1, excepto que usted recibió la notificación estatutaria de deuda en febrero del año 2006. Como el plazo de 90 días mencionado en la notificación no había caducado cuando usted estaba listo(a) para presentar su declaración del año 2005, usted no deberá adjuntar la Forma 8862 a su declaración del año 2005. Sin embargo, para reclamar el crédito por ingreso del trabajo con un(a) hijo(a) calificado(a) para el año 2006, deberá llenar y adjuntar la Forma 8862 a su declaración de impuestos de ese año. Para reclamar el crédito sin un(a) hijo(a) calificado(a) en su declaración de impuestos del año 2006, no necesita presentar la Forma 8862.

Excepción por errores matemáticos o humanos.   Si su EIC le fue denegado o reducido como resultado de un error matemático o humano, no adjunte la Forma 8862 a su próxima declaración de impuestos. Por ejemplo, si su cálculo matemático es incorrecto, el IRS puede corregirlo. Si usted no provee un número de seguro social correcto, el IRS puede denegar el EIC. A estas clases de errores se les llama errores matemáticos o humanos.

Omisión de la Forma 8862.    Si se le exige que adjunte la Forma 8862 a su declaración de impuestos del año 2005 y usted reclama el EIC sin adjuntar una Forma 8862 debidamente cumplimentada, su reclamación será denegada automáticamente. Esto se considera un error matemático o humano. A usted no se le permitirá reclamar el EIC sin una Forma 8862 cumplimentada.

Documentos adicionales pudieran ser requeridos.   Es posible que usted tenga que proveerle documentos o información adicionales al IRS antes de que un reembolso relacionado con el EIC que usted reclame sea expedido, aun si usted adjunta a su declaración de impuestos una Forma 8862 cumplimentada debidamente.

¿Se le ha prohibido a usted reclamar el EIC por un período de años?

Si su EIC en cualquier año después de 1996 le fue denegado y se determinó que su error fue debido a descuido intencional o temeridad a las reglas para reclamar el EIC, usted no podrá reclamar el EIC durante los próximos dos años. Si su error fue debido a fraude, usted no podrá reclamar el EIC durante los próximos diez años. La fecha en que se le denegó el EIC y la fecha en que usted presenta su declaración de impuestos del año 2005 determinarán los años en que se le prohibe a usted reclamar el EIC. Los ejemplos que aparecen a continuación muestran en cuáles años se le prohibe a usted reclamar el EIC.

Ejemplo Chapter 5. .3. Ejemplo 3.

Usted reclamó el EIC en su declaración de impuestos del 2004, la cual presentó en marzo del año 2005. El IRS determinó que usted no era elegible para el EIC y que su error fue debido a descuido intencional o temeridad a las reglas para reclamar el crédito por ingreso del trabajo. En septiembre del año 2005 recibió una notificación estatutaria de deficiencia informándole que se le haría un ajuste y se le impondrían impuestos, a menos que usted presentara una petición ante el Tribunal Tributario dentro de 90 días. Usted no tomó acción sobre esta notificación dentro de los 90 días. Por lo tanto, su EIC fue denegado en diciembre del año 2005. Usted no puede reclamar el EIC de los años tributarios 2005 ó 2006. Para reclamar el EIC en su declaración del año 2007, deberá llenar y adjuntar la Forma 8862 a su declaración de ese año.

Ejemplo Chapter 5. .4. Ejemplo 4.

Los datos son los mismos que en el Ejemplo 3, excepto que el IRS no le denegó su EIC del 2004 hasta después de usted haber presentado su declaración del año 2005. Usted no podrá reclamar el EIC de los años tributarios 2006 ó 2007. Para reclamar el EIC en su declaración del año 2008, deberá llenar y adjuntar la Forma 8862 a su declaración de ese año.

Ejemplo Chapter 5. .5. Ejemplo 5.

Usted reclamó el EIC en su declaración del 2004, la cual presentó en febrero del año 2005. El IRS determinó que usted no era elegible para el EIC y que su error fue debido a fraude. En septiembre del año 2005 recibió una notificación estatutaria de deficiencia informándole que se le haría un ajuste y se le impondrían impuestos, a menos que usted presentara una petición ante el Tribunal Tributario dentro de 90 días. Usted no tomó acción sobre esta notificación dentro de los 90 días. Por lo tanto, su EIC fue denegado en diciembre del año 2005. Usted no podrá reclamar el EIC durante los años tributarios desde el 2005 hasta el 2014. Para reclamar el EIC en su declaración del año 2015, deberá llenar y adjuntar la Forma 8862 a su declaración de ese año.

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