Publicación 579SP, Cómo Preparar la Declaración de Impuesto Federal |
2005 Tax Year |
6.
Ingreso de Propinas
Este capítulo es para empleados que reciben propinas.
Todas las propinas que usted recibe son ingresos y están sujetas al impuesto federal sobre el ingreso. Usted debe incluir
en el ingreso
bruto todas las propinas que usted recibe directamente, propinas recibidas por medio de cargos a tarjetas de crédito que le
son entregadas por
su empleador(a) o patrono(a) y su participación de todas las propinas recibidas bajo un arreglo para compartir propinas equitativamente.
El valor de las propinas que no son pagadas en efectivo, tales como boletos, pases u otros artículos de valor también son
ingresos y
están sujetos al impuesto.
El declarar su ingreso de propinas correctamente no es difícil. Usted debe completar tres pasos:
-
Mantener un registro diario de propinas.
-
Informarle sus propinas a su empleador(a) o patrono(a).
-
Declarar todas sus propinas en su declaración de impuestos sobre el ingreso.
Este capítulo le mostrará cómo completar estos tres pasos y qué debe hacer en su declaración de impuestos si
usted no completó los primeros dos. Este capítulo también le mostrará cómo tratar las propinas prorrateadas.
Artículos de interés - A usted quizá le interese ver:
Publicación
-
531
Reporting Tip Income (Informando el Ingreso de Propinas), en inglés
-
1244-PR
Registro Diario de Propinas del Empleado e Informe al Patrono, disponible en español
Forma (e Instrucciones)
-
4137
Social Security and Medicare Tax on Unreported Tip Income (Contribuciones al Seguro Social y Medicare sobre el Ingreso de
Propinas no Informadas), en inglés
-
4070-PR
Informe al Patrono de Propinas Recibidas por el Empleado, disponible en español
Manteniendo un Registro Diario de Propinas
¿Por qué mantener un registro diario de propinas?
Usted debe mantener un registro diario de propinas para que pueda:
-
Informarle sus propinas correctamente a su patrono(a) o empleador(a),
-
Declarar sus propinas correctamente en su declaración de impuestos y
-
Poder verificar su ingreso de propinas si se hacen preguntas sobre su declaración.
Cómo mantener un registro diario de propinas.
Hay dos maneras para mantener un registro diario de propinas. Usted puede tomar una de las siguientes dos acciones:
-
Anotar información sobre sus ingresos en un jornal (registro) de propinas ó
-
Mantener copias de documentos que comprueban sus propinas, tales como cuentas de restaurantes y recibos de cargos hechos a
tarjetas de
crédito.
Usted también debería mantener su registro diario de propinas junto con sus archivos personales. Usted debe guardar
sus archivos por
el tiempo en que sean importantes para la administración de la ley tributaria federal. Para más información sobre cuánto
tiempo debe guardar archivos, vea la Publicación 552, Recordkeeping for Individuals (El Mantenimiento de Archivos de Individuos),
en
inglés.
Si usted mantiene un registro de propinas, puede utilizar la Forma 4070A-PR, (o la Forma 4070-A, Employee's Daily
Record of Tips , en
inglés). Para obtener la Forma 4070A-PR, pídale al IRS o a su patrono(a) o empleador(a) por la Publicación 1244-PR. La
Publicación 1244-PR contiene suficientes copias de la Forma 4070A-PR para usar en un año. Cada día, anote la información
solicitada en la forma.
Si no utiliza la Forma 4070A-PR, comience su registro escribiendo su nombre, el nombre de su patrono(a) o empleador(a)
y el nombre del negocio o
establecimiento donde trabaja si es distinto al nombre de su patrono(a) o empleador(a). Luego, cada día que trabaja, anote
la fecha y la
siguiente información:
-
Propinas en efectivo que usted obtiene directamente de los clientes o de otros empleados.
-
Propinas de los clientes que pagan con tarjeta de crédito que su patrono(a) o empleador(a) le entrega a usted. Incluya también
propinas de los clientes que pagan con tarjeta de débito.
-
El valor de cualquier propina que recibió que no son pagadas en efectivo, tales como boletos, pases y otros artículos de
valor.
-
La cantidad de propinas que usted pagó a otros empleados a través de las propinas juntadas en un fondo común u otro
arreglo por el cual se distribuyen las propinas y escriba los nombres de los empleados a los cuales usted les pagó las propinas.
No escriba en su registro de propinas la cantidad de cualquier cargo por servicios que su patrono(a) o empleador(a) le añade
a la cuenta de
sus clientes y que luego le paga a usted y trata como salarios. Éstas son parte de sus salarios, no son propinas.
Registro electrónico de propinas.
Usted puede utilizar un sistema electrónico provisto por su patrono(a) o empleador(a) para mantener un registro de
sus propinas diarias.
Usted debe recibir y guardar una copia impresa (en papel) de este registro.
Informando las Propinas a su Patrono(a) o Empleador(a)
¿Por qué debe informarle sus propinas a su patrono(a) o empleador(a)?
Usted debe informarle sus propinas a su patrono(a) o empleador(a) para que:
-
Su patrono(a) o empleador(a) pueda retener los impuestos federales sobre el ingreso y del seguro social y del Medicare o de la
jubilación ferroviaria,
-
Su patrono(a) o empleador(a) pueda informar la cantidad correcta de sus ganancias a la Administración del Seguro Social o
a la Junta
de la Jubilación Ferroviaria (que afecta sus beneficios cuando se jubile o si queda incapacitado(a), o los beneficios de su
familia cuando
usted muere) y
-
Usted puede evitar la multa por no informar sus propinas a su patrono(a) o empleador(a) (que se explica luego).
Propinas que usted deberá informar a su patrono(a) o empleador(a).
Infórmele a su patrono(a) o empleador(a) solamente las propinas que reciba en efectivo, en cheques, tarjetas de débito
o tarjetas de
crédito.
Si el total de las propinas que usted recibe en cualquier mes en un empleo es menos de $20, no informe las mismas
para ese mes a su patrono(a) o
empleador(a).
No informe tampoco a su patrono(a) o empleador(a) el valor de las propinas que reciba en géneros o en especie, no
en efectivo, tales como
boletos o pases. Usted no paga los impuestos del seguro social, Medicare y de la jubilación ferroviaria sobre estas propinas.
Cómo se informan las propinas.
Si su patrono(a) o empleador(a) no le proporciona otro medio para que pueda informar las propinas, usted puede usar
la Forma 4070-PR, en
español o la Forma 4070, en inglés. Escriba la información que se le pide en la forma, firme y feche la forma y
entréguesela a su patrono(a) o empleador(a). Si desea obtener copias de la forma para un año completo, comuníquese con el
IRS o pídale a su patrono(a) o empleador(a) la Publicación 1244-PR.
Si usted no usa la Forma 4070-PR, entréguele a su patrono(a) o empleador(a) un informe con la información siguiente:
-
Su nombre, dirección y número de seguro social,
-
El nombre de su patrono(a) o empleador(a), así como la dirección y nombre del establecimiento del mismo (si es diferente del
nombre del patrono(a) o empleador(a)),
-
El mes (o las fechas de cualquier período más corto) en el cual usted recibió propinas y
-
El total de propinas que se requiere que informe para ese período.
Usted deberá firmar y fechar el informe. Deberá guardar una copia junto con sus documentos personales.
Su patrono(a) o empleador(a) pudiera requerirle que le informe más de una vez al mes las propinas que usted reciba.
Sin embargo, el informe
no puede abarcar un período mayor de un mes calendario.
Informe electrónico de propinas.
Su patrono(a) o empleador(a) puede permitir que usted suministre su informe de propinas por medios electrónicos.
Cuándo se informan las propinas.
Entregue a su patrono(a) o empleador(a) el informe correspondiente a cada mes, no más tarde del día 10 del mes siguiente.
Si el
día 10 cae un sábado, domingo o día feriado (de fiesta) legal, entonces entréguele el informe a su patrono(a) o
empleador(a) el próximo día que no sea sábado, domingo o día feriado (de fiesta) legal.
Ejemplo 1.
Usted deberá informarle a su patrono(a) o empleador(a) la cantidad de propinas que recibió en abril del 2006 no más
tarde del
día 10 de mayo del 2006.
Ejemplo 2.
Usted deberá informarle a su patrono(a) o empleador(a) la cantidad de propinas que recibió en mayo del 2006 no más
tarde del
día 12 de junio del 2006. Debido a que el día 10 de junio cae un domingo, el próximo día que no es sábado, domingo
o día feriado es el 12 de junio.
Informe final.
Si deja de trabajar durante el mes, usted puede informar las propinas recibidas cuando deje de trabajar.
Multa por no informar las propinas.
Si usted no le informa a su patrono(a) o empleador(a) las propinas que recibió, tal como se requiere, pudiera estar
sujeto(a) a que le
impongan una multa equivalente al 50% de los impuestos del seguro social y del Medicare o al impuesto de la jubilación ferroviaria
que usted adeude sobre las propinas que no informó. (Para información sobre estos impuestos, vea, Cómo se informan en la
declaración de impuestos los impuestos del seguro social y del Medicare sobre las propinas no informadas a su patrono(a)
o
empleador(a), bajo, Cómo se Informan las Propinas en la Declaración de Impuestos, más adelante.) La cantidad de
la multa se impone además de los impuestos que usted adeude.
Usted puede evitar que esta multa le sea impuesta si puede demostrar que existe una causa justificada por la cual
no le informó las propinas
a su patrono(a) o empleador(a). Para hacerlo, adjunte una declaración escrita a su declaración de impuestos y explique en
la misma la
razón por la cual no informó la cantidad de propinas que recibió.
Entrega de dinero a su patrono(a) o empleador(a) para el pago de los impuestos.
Es posible que lo que usted gana regularmente no sea suficiente para que su patrono(a) o empleador(a) le retenga todos
los impuestos que usted
adeude sobre su salario regular más las propinas que recibe. Si esto ocurriera, usted pudiera entregarle dinero a su patrono(a)
o empleador(a)
hasta el fin del año calendario para pagar el resto de los impuestos.
Si usted no le entrega dinero suficiente a su patrono(a) o empleador(a), el(la) mismo(a) aplicará su salario regular,
así como
cualquier dinero que usted le entregue para los impuestos, en el orden siguiente:
-
Todos los impuestos sobre su salario regular.
-
Los impuestos del seguro social y Medicare o del plan de jubilación ferroviaria sobre las propinas que usted
informó.
-
Los impuestos federales, estatales y locales sobre el ingreso sobre las propinas que usted informó.
Cualesquier impuestos que queden pendientes de pago le serán cobradas de su próximo pago de salario por el patrono(a) o empleador(a).
Si al final del año aún quedan impuestos pendientes de ser retenidos, usted pudiera estar sujeto(a) al pago de una multa por
pagar menos
de la cantidad que debió pagar de impuestos estimados. Vea la Publicación 505, en inglés, para más información.
Impuestos no retenidos. Usted debe informar en su declaración de impuestos cualquier impuesto del seguro social y
Medicare o de la jubilación ferroviaria que se quedó sin retener al final del año 2005. Vea el tema titulado,
Cómo se informan los impuestos no retenidos del seguro social y del Medicare sobre las propinas , bajo, Cómo
se Informan las Propinas en la Declaración de Impuestos , más adelante. Estos impuestos no retenidos se mostrarán en el
encasillado 12 de su Forma W-2 del 2005 (códigos A y B).
Programa de Determinación y Educación Relacionado con la Tasa de Propinas
Su patrono(a) o empleador(a) pudiera participar en el Tip Rate Determination and Education Program (Programa de Determinación
y
Educación Relacionado con la Tasa de Propinas). Este programa fue creado para ayudar, tanto a los empleados como a los patronos
o empleadores,
a entender y cumplir con las responsabilidades de informar el ingreso de propinas.
Existen dos acuerdos bajo el programa, uno de ellos es el Tip Rate Determination Agreement (Acuerdo de Determinación de la
Tasa
de Propinas), conocido por sus siglas en inglés, TRDA, y el otro es el Tip Reporting Alternative Commitment (Compromiso
Alterno para Informar las Propinas), conocido por sus siglas en inglés, TRAC. Además, los patronos o empleadores que se
dedican al negocio de comidas y bebidas pudieran obtener la aprobación de un programa EmTRAC designado para patronos o empleadores.
Para obtener información acerca del programa EmTRAC, vea el Aviso 2001-1, que se encuentra en la página 261 del Internal
Revenue Bulletin (Boletín de Impuestos Internos) 2001-2
www.irs.gov/pub/irs-irbs/irb01-02.pdf., disponible en inglés.
Si usted está empleado(a) por la industria de juegos de azar (de suerte), su patrono(a) o empleador(a) pudiera tener un Gaming
Industry
Tip Compliance Agreement Program (Programa para el Acatamiento del Acuerdo para las Propinas de la Industria de Juegos de
Azar). Vea el
Procedimiento Tributario 2003-35 que se encuentra en la página 919 del Internal Revenue Bulletin (Boletín de Impuestos
Internos) 2003-20 a
www.irs.gov/pub/irs-irbs/irb03-20.pdf., disponible en inglés.
Su patrono(a) o empleador(a) puede proporcionarle una copia de cualquier acuerdo aplicable. Si desea obtener información adicional
sobre
estos programas, comuníquese con la oficina local de Comunicación para la Educación del Contribuyente del IRS,
(conocida por sus siglas en inglés, TEC). Usted puede llamar al 1-800-829-4933 para la oficina TEC del IRS en
su área o mandar un correo electrónico (e-mail) a
[email protected].
Cómo se Informan las Propinas en la Declaración de Impuestos
Cómo se informan las propinas.
Informe las propinas que recibió junto con sus sueldos y salarios en la línea 1 de la Forma 1040EZ o la línea
7 de la Forma 1040A o de la Forma 1040.
Qué propinas se deberán informar.
Usted deberá informar en su declaración de impuestos todas las propinas que recibió en el 2005. Incluya tanto las
que
recibió en efectivo como las que recibió en valores (géneros) que no son en efectivo. Cualesquier propinas que usted
informó en el 2005 a su patrono(a) o empleador(a) están incluidas en los salarios que aparecen en el encasillado 1 de su
Forma W-2. Sume a la cantidad del encasillado 1 solamente las propinas que usted no le informó a su patrono(a) o empleador(a).
Si usted recibió propinas ascendentes a $20 ó más, tanto en efectivo como cargadas a las cuentas de los clientes en un mes
y
no se las informó a su patrono(a) o empleador(a), vea más adelante el tema titulado, Cómo se informan en la
declaración de impuestos los impuestos del seguro social y del Medicare sobre las propinas no informadas a su patrono(a) o
empleador(a).
Si usted no llevó un registro diario de las propinas que recibió, tal como se requiere, y en el encasillado 8 de la Forma
W-2 aparece
una cantidad, vea más adelante el tema titulado, Prorrateo de Propinas .
Si usted llevó un registro diario e informó a su patrono(a) o empleador(a) todas las propinas que recibió, tal como
se
requiere en las reglas explicadas anteriormente, añada a la cantidad que aparece en el encasillado 1 de su Forma W-2 las
propinas
siguientes:
-
Las propinas que recibió tanto en efectivo como cargadas a las cuentas de los clientes que ascendieron a menos de $20 en cualquier
mes.
-
El valor de las propinas que no recibió en efectivo, tales como boletos, pases u otros artículos de valor.
Ejemplo 6. .1. Ejemplo.
Mariano Almendares comenzó a trabajar en el “Restaurante El Cerro” (su único patrono(a) o empleador(a) en el 2005) el día
30 de junio y recibió $10,000 en salarios durante el año. Mariano llevó un registro diario de las propinas que recibió
durante el año, el cual muestra que en junio recibió $18 en propinas y en el resto del año recibió $7,000. Al Sr.
Almendares no se le requirió informarle a su patrono(a) o empleador(a) las propinas que recibió, pero sí le informó las
propinas que recibió durante el resto del año, tal como se requiere.
La Forma W-2 que Mariano recibió del “Restaurante El Cerro” muestra $17,000 ($10,000 de salarios más $7,000 de propinas
informadas) en el encasillado 1 . Mariano añade a esa cantidad los $18 de propinas que no le informó al patrono(a) o
empleador(a) e informa $17,018 como salarios en su declaración de impuestos.
Cómo se informan en la declaración de impuestos los impuestos del seguro social y del Medicare sobre las propinas no informadas a su patrono(a) o empleador(a).
Si en un mes usted recibió $20 ó más en propinas tanto en efectivo como cargadas a las cuentas de los clientes en
cualquier
empleo y no le informó todas esas propinas a su patrono(a) o empleador(a), usted deberá informar como impuesto adicional en
su
declaración de impuestos, los impuestos del seguro social y del Medicare sobre las propinas que dejó de informar a su
patrono(a) o empleador(a). Para informar estos impuestos, usted deberá presentar una declaración de impuestos aunque no estuviera
obligado(a) a hacerlo por cualquier otra razón. Para hacerlo use la Forma 1040. (No puede presentar la Forma 1040EZ ni la
1040A.)
Use la Forma 4137, en inglés, para calcular estos impuestos. Anote la cantidad de impuesto en la línea 59 de la Forma
1040
y adjunte la Forma 4137 a su declaración de impuestos.
Si usted está sujeto(a) a la Railroad Retirement Tax Act (Ley Tributaria para la Jubilación Ferroviaria), no puede utilizar
la Forma
4137 para pagar el impuesto para la jubilación ferroviaria sobre propinas no informadas. Para obtener crédito para la jubilación
ferroviaria, debe informar sus propinas a su patrono(a) o empleador(a).
Cómo se informan los impuestos no retenidos del seguro social y del Medicare.
Si su patrono(a) o empleador(a) no pudo cobrar todos los impuestos del seguro social y del Medicare o de la jubilación
ferroviaria que usted adeuda sobre propinas informadas para el 2005, los impuestos por cobrar se mostrarán en el encasillado
12 de
su Forma W-2 (códigos A y B). Usted debe informar estas cantidades como impuesto adicional en su declaración. Usted pudiera
tener
impuestos que no han sido cobrados si sus salarios normales no son suficientes para que su patrono(a) o empleador(a) retenga
todos los impuestos que
usted adeuda y si usted no le dio a su patrono(a) o empleador(a) dinero suficiente para pagar el resto de los impuestos.
Para informar estos impuestos no cobrados, deberá presentar una declaración aún si de otra manera no hubiera tenido
que
presentar una declaración. Deberá utilizar la Forma 1040. (Usted no puede presentar la Forma 1040EZ o la Forma 1040A.) Incluya
los
impuestos en su impuesto total en la línea 63 y escriba “ UT” (las siglas en inglés para significar
“ impuesto no cobrado”) y el total de los impuestos no cobrados en la línea de puntos junto a la línea 63 .
Si su patrono(a) o empleador(a) le asignó propinas a usted mediante el procedimiento de prorrateo, las mismas aparecen por
separado en el
encasillado 8 de su Forma W-2. Las mismas no están incluidas en el encasillado 1 con sus sueldos, salarios y propinas que
usted informó. Si el encasillado 8 está en blanco, lo que usted acaba de leer no aplica a usted.
¿Qué son propinas asignadas mediante prorrateo?
Estas son propinas que su patrono(a) o empleador(a) le asignó a usted, además de las que usted le informó para el
año.
Su patrono(a) o empleador(a) habrá hecho esto únicamente si:
-
Usted trabajó en un restaurante, bar (cocktail lounge) o establecimiento similar que deberá prorratear las propinas
entre los empleados y
-
La cantidad de propinas que usted le informó a su patrono(a) o empleador(a) fue menos de su participación en el 8% de las
ventas de comidas y bebidas del establecimiento donde usted trabajó.
¿Como se calcula el prorrateo de sus propinas?
Las propinas que se le prorratean a usted son su participación de una cantidad calculada restando las propinas informadas
de todos los
empleados del 8% (u otra tasa más baja aprobada) de las ventas de comida y bebida (que no sean de ventas de comida que no
fue entregada a
domicilios (fue recogida por los clientes) y de ventas con un cargo por servicio del 10% o más). Su participación en esa cantidad
fue
calculada utilizando o un método provisto por un acuerdo laboral entre patrono(a) o empleador(a) y el(la) empleado(a) o por
un método
provisto por las reglamentaciones del IRS basado en las ventas hechas por los empleados o las horas trabajadas por los empleados. Para
más información sobre el método de prorrateo exacto utilizado, consulte con su patrono(a) o empleador(a).
¿Deberá usted informar sus propinas prorrateadas en su declaración?
Usted deberá informar sus propinas prorrateadas en su declaración a menos que cualquiera de las siguientes excepciones
aplica.
-
Usted mantuvo un registro diario de propinas u otra documentación que sea tan creíble y fidedigna como un registro diario
de
propinas, como se requiere bajo las reglas explicadas anteriormente.
-
Su registro de propinas está incompleto, pero muestra que sus propinas reales fueron mayores que las propinas que usted le
informó a su patrono(a) o empleador(a) más las propinas prorrateadas.
Si cualquiera de las excepciones aplica, informe sus propinas reales en su declaración. No informe las propinas que han sido
prorrateadas. Vea el tema titulado, Qué propinas se deberán informar, bajo, Cómo se Informan las Propinas en la
Declaración de Impuestos, anteriormente.
Cómo informar las propinas prorrateadas.
Si usted debe informar las propinas prorrateadas en su declaración, sume la cantidad en el encasillado 8 de su Forma
W-2 a la
cantidad en el encasillado 1 . Informe el total como salarios o sueldos en la línea 7 de la Forma 1040. (Usted no
podrá presentar la Forma 1040EZ ni la Forma 1040A.)
Debido a que los impuestos del seguro social y del Medicare no fueron retenidos de las propinas prorrateadas, usted deberá
informar esos impuestos como impuestos adicionales en su declaración. Complete la Forma 4137 e incluya las propinas prorrateadas
en la
línea 1 de la forma. Vea anteriormente el tema titulado, Cómo se informan en la
declaración de impuestos los impuestos del seguro social y del Medicare sobre las propinas no informadas a su patrono(a)
o
empleador(a), bajo, Cómo se Informan las Propinas en la Declaración de Impuestos.
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